Opino que si una persona quiere informarse sobre si su situación como preferentista es reclamable, lo que debe hacer es ir a un abogado con conocimientos en la materia para valorar si hay caso y cómo afrontarlo. Lo que no es recomendable es adherirse a demandas colectivas porque sí. Es como si el tratamiento médico que le dan a uno sirviera para muchos, sin tener en cuenta las características físicas o clínicas de cada uno. Y me extiendo sobre lo que explicas en tu comentario:
lº El coste de ir a profesionales puede ser caro, o no, teniendo en cuenta que si ganas el pleito te van a pagar todas o buena parte de las costas de tu abogado y procurador. Pero ante todo tendrás que ver si el asunto es reclamable, porque si no es tirar el dinero y el tiempo, pues en el supuesto que uno pierda sí deberá pagar las costas de sus profesionales y, ojo, también los del banco.
2ª) Profesionales que han tratado este asunto de las preferentes (abogados y jueces), son partidarios de iniciar demandas individuales como solución adecuada para anular contratos por vicio en el consentimiento del contrato, esto es, y para gente profana en la materia, para justificar que uno no sabía de las características y riesgos de lo que contrataba. Sin ir más lejos, AUSBANC (Asociación de usuarios de servicios bancarios)no está a favor de demandas colectivas a este objeto, y para más información uno puede entrar en su web para profundizar en el tema.
3º) Las demandas colectivas pueden ser válidas en determinados supuestos, lo que no se da cuando se pretende anular un contrato por vicio en el consentimiento del que lo presta, cual es el caso de que se trata, donde hay que atender circunstancias personales concretas (conocimientos financieros, histórico del cliente, perfil inversor, redacción y trámites previos del contrato, etc). No sé si por otros motivos, otros grupos o asociaciones han planteado otras demandas colectivas con otro objeto, pero para el caso comentado no es conveniente.
4º)Creo que los bancos que han perdido juicios por preferentes no han pasado de la Audiencia Provincial. Incluso algunos se han aquietado al fallo del Juez de primera instancia, es más, en ciertos casos se han allanado directamente a la demanda. Al banco no le va a interesar que su vida se vea judicializada en la prensa cada día con nuevos casos en su perjuicio. Y en el asunto de preferentes de nuestra querida CAM, ya existe una sentencia de la Audiencia Provincial contra la misma. Esto no signfica que se ganen todos los casos que lleguen a dicho tribunal, pero ya existe una doctrina por la que van a pasar por el mismo filtro cualquier caso nuevo.
Por tanto, no creo que el asunto se demore mucho tiempo, aunque en estos casos uno tiene que ser paciente,teniendo en cuenta además que si llegara una solución extrajudicial por el camino uno puede desistir del pleito de mutuo acuerdo con el banco.
Y no olvides que una demandas colectiva puede tardar mucho más que una individual, por lo trámites que habrá que cumplir con todas y cada uno de los afectados.
5º) El Sabadell responderá por las sentencias que vinculen a la CAM, que no te quepa duda. Salvo que el banco desaparezca algún día, cosa poco probable en los años próximos. Pero en el caso que un banco quebrase y no tuviese activos para reintegrar preferentes, la situación es que, al anular el contrato de preferentes, ese capital está respaldado por el Fondo de Garantía de Depósitos, dada que la nulidad retrotrae la situción de hecho al momento anterior en que se encontraba el capital invertido.
En definitiva, mi opinión es que uno se asesore bien ante un abogado en la materia, y a partir de ahí, que tome el camino que decida. En este foro estamos para aportar informaciones en la medida de nuestros conocimientos y noticias que vamos descubriendo al respecto. Saludos