Hola brigadista,
Seguro que hay más de 3000 afectados, en la prensa hablan de 4.900 millones de euros sólo en la Caixa, no creo que entre esos afectados haya tanto dinero.
Creo que gracias a Basilea III, las participaciones preferentes dejarán de contar como recursos propios básicos para las entidades, lo malo es que tienen de plazo hasta 2019.
Seguro que vuelven a engañar con cláusulas abusivas. He buscado la definición de contrato de adhesión, lo voy a copiar y pegar para que cada uno considere los pros y los contras. Creo que debemos estar informados. Lo he copiado de Wikipedia, si a alguién no le merece fiabilidad en Google hay miles e entradas, creo que está bastante claro.
"Problemática de los contratos de adhesión
El principal problema que plantean los contratos de adhesión es el relativo a la validez del consentimiento. En el Derecho civil y mercantil tradicional, el consentimiento contractual se entendía como el resultado de una relación bilateral equilibrada entre dos o más personas, las cuales llegaban a un entendimiento que se reflejaba en las cláusulas del contrato.
Esta relación equilibrada se rompe con la aparición del contrato de adhesión. La empresa que vende el bien o presta el servicio ofrece el mismo a través de un contrato innegociable, y el consumidor debe elegir entre aceptar el bien con todas sus cláusulas o no hacerlo. Esto provoca dos dudas muy importantes acerca del consentimiento:
En algunos casos en los que lo que se contrata es un servicio esencial (agua, combustibles, etc.) el consumidor no tiene capacidad de negarse a firmar las condiciones, dado que no tiene otra opción para conseguir el producto esencial (y más en el caso de monopolio). Esto provoca la duda de si existe verdaderamente un consentimiento en ese caso.
En otros casos, el consumidor elige comprar el producto o servicio, pero es muy poco habitual que realmente entre a valorar las cláusulas del contrato que está firmando. En muchas ocasiones las cláusulas se encuentran redactadas de forma oscura, y en otras ni siquiera están a su disposición en el momento de la firma. Por último, muchos consumidores omiten su lectura a sabiendas de que no cabe negociación.
Esto ha planteado muchos problemas jurídicos, que en general se han ido encarrilando a través de distintas soluciones:
En general se admite que el contrato de adhesión es válido. Cualquier otra opción provocaría la paralización del mercado, y se entiende que el contrato de adhesión es una necesidad. Sin embargo, se tiene en cuenta la especial debilidad del consumidor, a quien se le protege por otras vías (legal, jurisprudencial, etc.).
Las vías a través de las cuales se da protección al consumidor son mediante la prohibición de las cláusulas abusivas, que son nulas de pleno Derecho, y a través de la vigilancia por las instituciones públicas de la actuación de las empresas."