Mi abuelo tiene participaciones de la segunda emisión de la Caixa que intentaba vender y nos enteramos el viernes de lo que sucedía. Los comentarios que haces me interesan. En nuestro caso no se ha hecho aún la reclamación al sac ¿Llegamos a tiempo o nos pillará el toro en cuanto a tener que tomar una decisión que condicione los siguientes pasos (aceptar o no el canje antes del periodo que la Caixa estipulará, por ejemplo)?
La órden de venta se cursó el 9 de agosto. Y él lo hubiera puesto a la venta más de un año antes, a principios del 2010. Pero en el banco insistían de que era muy buen producto y que no lo vendiera. Después, a mediados del 2010 murió mi abuela y hasta que no se arregló el tema de las preferentes por la herencia, este agosto, no se pudo retomar el tema de la venta. Da rabia pensar que no estaría metido en esto si no hubiera sido porque se dejó persuadir por los empleados, incluido la directora, de la oficina, de que no le interesaba quitárselas de encima. Por confianza, cedió y ahora a se encuentra con esto. Mi abuelo tuvo acciones en el pasado, las entiende lo justo pero sabe lo que es un dividendo (que él llama cupón) y que los precios oscilan. Pero lo que vale es que ahora ni quiere acciones, ahora que ya no tiene ninguna, ni quiere las participaciones. Pero aunque ahora tiene la idea de que puede perder capital, no creo que antes fuera consciente, porque siempre hablaba sobre la cantidad de dinero que tenía en participaciones, no sobre el número de participaciones que tiene. Ahora, solo quiere el dinero que es suyo y punto y con 91 años los productos del canje, con el 70% del nominal a 10 años no son muy adecuados para él, vamos. Y en la oficina, hacen un pressing muy intenso con este tema. No piensan en él, solo en el core capital o el TIER1, como se llame. Y eso me cabrea.
Todos habláis de vender a determinados porcentajes del nominal, pero en la órden no pone ningún valor, ni en nominal ni en porcentaje. En ningún momento nos hablaron de pérdidas a la hora de la venta (decían que la primera y la segunda emisión no las tenían en ese momento, solo podían tenerlas la tercera), dijeron que se vendería por el nominal y cobrarían un 1% de comisión, pero que tardaría bastante, ya que el mercado interno estaba bastante parado. Todo esto me hace pensar que no se negoció en el AIAF (creo que se llama así, porque me acabo de enterar de su existencia esta semana leyendo en foros como este) y se quedó en el mercado interno de la Caixa al 100% del nominal.
Interpreto que si dijeron que no íba a tener pérdidas, no indicaba ningún valor concreto en la órden y que en el AIAF llegara a cruzarse al 100% mas cupón corrido, es que se quedaron en el mercado interno de la Caixa, si no se habrían vendido (o deberían). ¿Es posible que lo que esté pensando sea cierto? ¿Cómo puedo saber si llegó a negociarse en el AIAF y en qué condiciones o si se quedó en el mercado interno de la Caixa? ¿Sería legal si no hubiera llegado al AIAF y se hubiera quedado únicamente en el interno? ¿En qué periodos llegó a ofrecerse el 100%?
Ahora nos insisten mucho en la oficina que se ha de tirar la órden para atrás, si no cuando la CNMV reactive el mercado (creo que ya no sería la AIAF, si no otro parquet diferente, no entiendo demasiado de esto), entonces su órden se venderá a precio de mercado y perderá mucho dinero, por lo que insta a retirarla para no evitar las enormes pérdidas (que no cuantifica ni aproximadamente ni con el dato de la última negociación que hubo) y aceptar el canje (aunque también se puede retirar la órden y mantener las preferentes, pero ella eso no lo comenta, porque da a entender que las preferentes perderán mucho valor y no serán interesantes... como si las obligaciones subordinadas y convertibles fueran un valor seguro sin riesgo de depreciación!!).
La insistencia en retirar la órden me desconcierta. No sé si realmente es por su bien o que, si se retira, se pierde el derecho a reclamar la ausencia de venta. Lo que es cierto es que no tiene un valor fijado de venta, por lo que tal vez sea cierto que entraría en venta al mejor ofertante, que lógicamente sería muy por debajo del 100%, pero si eso fuera cierto, ¿por qué no la han vendido ya al mejor postor? Y, si la venta es al 100% (no lo sé, no lo pone), ¿para qué preocuparse si hay un precio fijado y por eso no se ha vendido? Tampoco se vendería por un valor inferior y no habrian perdidas. Podría ser otro indicio para pensar que no estaba realmente en el AIAF y que ahora sí que saldrá al mercado forzado por la CNMV. De todas formas, si se cambia de mercado o entra (si no lo ha estaba ya), ¿no es necesario cursar otra órden de compra diferente a partir del cambio de situación?
También pone algo de que antes de la firma de esta órden mi abuelo recibió las condiciones finales y el resumen de esta emisión y que se ha puesto a disposición el folleto de base de valores no participativos registrado en la CNMV. A ver, creo que se la han colado con esa cláusula en la órden de venta porque yo estaba con él y lo primero no lo recuerdo, pero si el folleto de la CNMV es lo que yo pienso, lo he encontrado esta semana navegando por internet y primera noticia de que existe. Que no le hayan hecho el cuestionario MIDIF es normal. Es un producto que contrató en el 2000 cuando no existía esta normativa.
¿Sabes si a alguien le pasa algo parecido? ¿Hay alguna manera de comparar los formatos de las órdenes de venta formalizadas en las oficinas de la Caixa (no electrónicamente) para comparar qué información aparece reflejada según el tipo?