No seamos derrotistas, que una entidad bancaria no es una empresa de tres al cuarto, de las que aparecieron en el boom de la construcción, de aquellas que monto una SL con 3.100 € de capital, con ello me compro una furgoneta de segunda mano, me voy a un centro de bricolaje compro un cubo, una escalera, un par de brochas y unos botes de pintura, y tachan ….ya soy un empresario de la construcción (los acabados concretamente) …. Luego me voy a las promotoras les planto presupuestos de derribo en precios, y venga a facturar y facturar, ganar no sé, pero facturar …..
Y cuando cierra (la furgoneta) porque el despacho era el comedor de casa, ni el concurso de acreedores presenta, total a ver quién es el guapo que me insta la quiebra por unas deudas unitarias relativamente pequeñas, pero a mucha gente, y además si tal como indica la ley es mi obligación presentar el concurso ¿de dónde coño saco el dinero para el abogado? Nada otra SL de euro y medio y ahora en lugar de Pepe y cía., S.L., seremos Sucesores de Pepito, S.L., y el accionista será el hijo, la esposa, o vete a saber …..
No, que es esto es más serio, en una quiebra bancaria, que las hubo hace años, creo recordar que la serie de Imanol Arias (Cuéntame) habló del Banco de Granada, y cuando se interviene una empresa de este calado hay activos, activos con valor, activos que se pueden vender, ….. no, no es una empresa dónde todo lo había lo agarró el empresario, con el riesgo de una demanda penal por el delito de alzamiento de bienes, riesgo real ….. todo sea dicho de paso, entonces ante un concurso de acreedores hay un orden de cobro, de prelación y si los tres últimos son los subordinados, los preferentes y los accionistas. La cartera hipotecaria de un banco, vale dinero, son derechos de cobro a unas fechas, pero eso “derechos”, los créditos personales igual, las fincas recibidas en pago de deudas, que vale que para convertirlas en dinero haría falta tiempo, y eso es precisamente lo que supone un concurso tiempo para “ordenar”, tiempo para vender, y obviamente tiempo para pagar y normalmente en una empresa no bancaria (en banca no sé, porque no se ha dado el caso, el último fue el Eurobank y creo que ha cobrado todo el mundo, menos los accionistas) este tiempo no supone pagar intereses, porque la junta de acreedores acepta cobrar sin ellos, o incluso con algún porcentaje de quita.
En lo que si te doy la razón es en que un concurso de acreedores es una “suspensión” que no eliminación del pagos, pero nada se dice de cobros, que seguirán su curso y sus sistemas de reclamación, judicial incluso, como si no hubiera dicho concurso, en cuyo caso podría perfectamente ocurrir que una empresa que tenga otorgados préstamos en garantía de sus acciones, de sus preferentes …. Reclamase el pago (ojo a su vencimiento o vencimientos, no antes) de los préstamos y al amparo de la suspensión de pagos, que le otorga el concurso no fuera posible compensar por el momento los valores pignorado, pero ojo (de nuevo) que tras pagar el préstamo, sus derechos de cobro de las garantía seguirían intactos, y podría hacer valerlos en la junta de acreedores, y una vez levantado el concurso, exigir el pago, si por alguna razón no se cumpliesen los plazos acordados en dicha junta general de acreedores.
Y finalmente, en el entorno de la UE, al menos hoy por hoy no parece que vaya a caer banco o caja alguna, dentro de un tiempo si la cosa sigue cuesta abajo pues vete a saber, pero hoy por hoy no lo veo como posibilidad real.