Re: Participaciones preferentes REPSOL-ISIN KYG7513K1379
Efectivamente, en 2009 estaba vigente la normativa MIFID y tenían que haber hecho un test de conveniencia Si no lo han hecho hay una deficiencia de comercialización que serviría de base para una reclamación.
Igualmente si tienes una prueba de lo que indicas de ofrecimiento de recompra puedes reclamar.
Respecto del tema fiscal, la diferencia entre el precio de compra y el de venta es un rendimiento implícito del capital mobiliario, por lo tanto si tienes pérdidas puedes compensar los ingresos que tengas por ahorro con las pérdidas de estas participaciones, (que son capitales propios prestados a terceros).