Duda sobre seguro de proteccion de pagos
Voy a firmar una hipoteca y en el banco me ofrecen un seguro de protección de pagos a cambio de una comisión de apertura del 0%. Es un seguro que te paga la mensualidad de la hipoteca en caso de desempleo. He buscado información sobre estos seguro y he leido que tienen un tiempo de carencia de dos meses. ¿Alguien me podria decir que significa esto? ¿quiere decir que si me voy al paro durante los dos meses siguientes a la contratación del seguro, no tengo ningun tipo de cobertura?
Espero vuestras respuestas. Gracias y saludos