Posibilidad anulacion seguro de vida sin preaviso de 2 meses ??
Buenos dias:
Alguien me sabria explicar que significa exactamente que significa el parrafo final del articulo 22 de la LCS ??
Es decir:
Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea
incompatible con la regulación del seguro sobre la vida.
Les explico:
El caso que nos ocupa es un seguro de vida temporal
La duración del pago de primas no termina hasta dentro de 5 años
La duración del seguro es: 1 año
El cliente lleva 14 años pagando dicho seguro de vida.
Los importes de los ultimos años son bastante elevados y no puede pagarlos.
Acogiendonos al parrafo indicado, alguien sabria decirme por favor, si el cliente puede anular la poliza sin el preaviso de 2 meses ??
Si deja de pagar el recibo de cartera que le vencera a principios de agosto si haber comunidado la baja a la compañia le pueden reclamar ??
No se por que siempre he oido que para los seguros de vida, no tiene validez el tema de que hay que comunicar con 2 meses la anulación.
0s agradezco de entrada las respuestas que seguro me dareis y lo mas importante, agradeceros la ayuda y conocimiento en la materia que demostrais en vuestras respuestas, y que nos ayudan a mejorar a los que estamos empezando en este mundo.
gracias de verdad
oscar