Re: El seguro de comunidad puede negarse a pagar daños por incendio en una vivienda de dicha comunidad?
Lo siento, una vez más no coincido contigo (no es nada personal). Efectivamente, hablamos de un seguro de daños (cobertura de incendio) pero no se te olvide que el art. 1902 (creo recordar) del código civil habla de Responsabilidad Civil y esa es del causante del incendio. En este caso el inquilino y, posiblemente y subsidiariamente, del propietario de la vivienda.
Yo no discuto el hecho de que los propietarios deban percibir las indemnizaciones correspondiente por parte de la compañía del seguro de la comunidad. Lo que digo y mantengo es que ésta, una vez haya indemnizado, tratará de reclamar al causante (responsable civil) del daño.