Re: Clausula de indisputabilidad
Una vez emitida la póliza, tiene cobertura 100% desde el primer día, salvo dolo o mala fe por parte del tomador, motivo por el cual siempre se puede excluir el siniestro.
Ahora bien, una vez emitida la póliza, si la compañía descubre alguna reticencia o inexactitud en la declaración del Tomador que influya en la estimación del riesgo, la compañía puede subirte la prima o anular el contrato, (pero tienes cobertura 100%). Una vez pasado el plazo de un año la póliza ya es indisputable y ya no puede variarte las condiciones ni anularte la póliza.
En tu caso si tienes declarada tu “enfermedad”, la compañía puede anularte la póliza o variarte las condiciones dentro del plazo de un año, pero mientras tanto tienes toda la cobertura. Pasado el año, si no te vario ni anulo la póliza, esta ya es indisputable y te quedara así hasta finalizar el contrato. Las pólizas de vida, pasado el año, solo las puede anular el tomador.