Armando, aprovechando que seas abogado y exfuncionario en los juzgados,discrepo porque como sabes las sentencias en este tipo de siniestro son de toda clase y no siempre (ni tan siquiera en la mayoría de los casos) se optiene la indemnización completa (parte delantera más trasera). Es más, en pocos casos se ha logrado la reparación del vehículo cuando éste es declarado "siniestro total". Lo normal y habitual es que el juez acabe dando el valor venal más aproximadamente un 20% por afección.
Además, con independencia de todo este tema que estaría ya dentro del marco de una reclamación judicial, hay que tener presente otras circunstancias previas:
1.- Si las compañías están en convenio o no, pues en ese caso se regirán por lo establecido en el mismo en función de las características del siniestro.
2.- Las coberturas y exclusiones que tenga esta persona en su cobertura de Defensa Jurídica, pues habrá que ver qué capital tiene para "libre elección de abogado", etc. Es más, si las compañías estuviesen en convenio y él no quisiese aceptar la oferta de la cía, ésta alegará el "tema de reclamación injustificada" para dejar "fuera de uso" la posibilidad de esa libre elección y, por tanto, todo el proceso que tu dices que haga lo tendrá que abordar con su bolsillo y sin garantías de éxito al 100&
¿Qué luego puede reclamar también esos gastos de abogado? Sí, pero si gana.