Teniendo en cuenta que habrá que determinar la dinámica de ambos accidentes, y para ésto el atestado es fundamental, reitero mi opinión.
la verdadera causa eficiente del accidente, que por su importancia absorbe a las demás, es el hecho de provocar una primera colisión que hace que un vehículo quede atravesado en la calzada en con unas condiciones ambientales que dificultaban la visibilidad, sin ningún tipo de señalización, de tal modo que cuando se acerca el primer vehículoe, sin que conste que lo hiciera a exceso de velocidad, este colisiona con aquel primer vehículo.
La primera imprudencia es de tal intensidad que por completo anula la mínima incidencia causal de la segunda, atendiendo a las circunstancias en que se produce la segunda colisión, ésta le hubiera podido ocurrir exactamente igual a cualquier conductor medianamente diligente y cuidadoso.
Si tu abuelo conduce su vehículo sin que exista ninguna apariencia, aviso o signo de peligro que le advierta de la incidencia ocurrida con anterioridad (falta de señalización del accidente), de la posibilidad de obstáculos imprevistos en la calzada o de alguna circunstancia anómala que hiciera aconsejable adoptar especiales medidas de precaución (salvo el tema de la visibilidad y por ello reduce su velocidad), no se le puede exigir mayor diligencia y cuidado.
El principio de "conducción dirigida" obliga a controlar en todo momento el vehículo ante cualquier situación y a detenerlo dentro de la distancia que permite su visibilidad, y ha de ser necesariamente puesto en relación con el principio de "confianza en la seguridad en la conducción",(que ya mencioné en el mensaje anterior) dando preferencia a este ultimo.
Hay abundante doctrina de las Audiencias Provinciales en este sentido, y en el peor de los casos podría plantearse una concurrencia de culpas (25% tu abuelo y 75% el otro conductor).