Hola Isofacto.
Puede contratar un seguro de vida con los antecedentes que tiene, solo tiene que rellanar de forma correcta el cuestionario de salud, si le someten a él, si no se lo hacen, pues mejor, lo que debe de hacer es contestar de forma verez a lo que le pregunta, solo a lo que le preguntan, sin ir mas alla.
Es muy probable, que en caso de fallecimiento que tenga que ver con algún antecedente, la aseguradora no quiera abonarle el capital de forma amistosa, pero eso le puede pasar aun sin tener conocimento de ningún antecedente.
Mi experiencia, es que si no existe mala fe en la contratación, se responde a las preguntas concretas correctamente, no me refiero a las pregutnas genéricas, que esas no las suelen tener en cuenta los jueces, se acaban pagando en el juzgado.
Tengo cierta experiencia en seguros de vida, y especialmente en dictamenes judiciales, y prácticamente siempre se ganan,
Tener en cuenta que la aseguradora tiene una posición de privilegio, puede proponer para la contratación un chequeo medico, y en los cuestionarios, tienen que ser preguntas concretas, no genéricas, es decir, que entiende la jurisprudencia que "si saben lo que hacen, que lo hagan bien, que tienen capacidad para hacerlo"
Mira lo que dice la ley 50/80
Artículo 89
En caso de reticencia e inexactitud en las declaraciones del tomador, que influyan en la estimación del riesgo, se estará a lo establecido en las disposiciones generales de esta Ley. Sin embargo, el asegurador no podrá impugnar el contrato una vez transcurrido el plazo de un año, a contar desde la fecha de su conclusión, a no ser que las partes hayan fijado un término más breve en la póliza y, en todo caso, salvo que el tomador del seguro haya actuado con dolo.
Se exceptúa de esta norma la declaración inexacta relativa a la edad del asegurado, que se regula en el artículo siguiente.
Artículo 90
En el supuesto de indicación inexacta de la edad del asegurado, el asegurador sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de la entrada en vigor del contrato excede de los límites de admisión establecidos por aquél.
En otro caso, si como consecuencia de una declaración inexacta de la edad, la prima pagada es inferior a la que correspondería pagar, la prestación del asegurador se reducirá en proporción a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima pagada es superior a la que debería haberse abonado, el asegurador está obligado a restituir el exceso de las primas percibidas sin intereses.