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Cobertura de interés hipotecario

14 respuestas
Cobertura de interés hipotecario
Cobertura de interés hipotecario
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#9

Re: Cobertura de interés hipotecario

Dices: ..... 5,75 el Euribor lo cubrían ellos y si bajaba del 3,25 pagaría yo la diferencia .....

Creo que tu casualmente tienes el tema algo mejor que los demás, por lo que entiendo tú tienes un “collar”, una combinación de un cap y un flor, que es un máximo por arriba y un mínimo por abajo, o sea que hay tres escenarios posibles:

Primero ten en cuenta que estos tipos son normalmente para el Euribor sin considerar el diferencial, o sea que si tienes la hipoteca al Euribor mas 0,50, y tu liquidación estuviere al 5,75% no cobrarías nada, porque el supondría que el Euribor esta al 5,25 + 0,50 de diferencial, para entrar a jugar la cobertura si tienes un diferencial del 0,50 haría falta que tu cuota estuviere al 6,25%

1 – Que el Euribor se mueva entre el 5.75 y el 3,25, en este caso es como si no hubiera nada de nada.

2 – Que suba del 5,75%, pues en este caso el contrato te pagaría la diferencia entre el 5,75 y el precio que sea, aquí vigila que no tengas una barrera por arriba, ¿Qué significa una barrera?, pues bien que el banco o caja se cubre por si sube demasiado, una hipótesis un cap del 5,75 con barrera al 6,35%, lo que significaría que el banco solo cubre del 5,75 al 6,35 si pasa de allí es como si no tuvieras nada.

3 – Que baje, como ahora del 3,25, pues tú debes cubrir al banco esta diferencia.

A ver, esto no es lo que comenta normalmente en estos foros, lo que se comenta es que la gente tiene un swap con barrera, que un tipo fijo por arriba pongamos al 5% con barrera al 5,50%, y por abajo nada de nada, ¿Qué ocurre en estos casos?, pues que el banco o caja solo pagarían si el Euribor superase el 5,00 y hasta el 5,50% a partir de ahí a palmar el cliente y por abajo sin límite alguno también a pagar el cliente.

Porque te comento todo esto, pues porque la gente que tiene un swap, aparte de poder alegar, cuando ha sido así, que no les informaron correctamente, además hay una desproporción exagerada entro lo que puede perder el banco y lo que puede perder el cliente, en el caso del párrafo anterior el banco solo puede llegar a pagar en el peor de los casos un 0,50%, y el cliente por abajo puede llegar a pagar un 5%, o sea 10 veces la desproporción.

En tu caso y si bien entiendo que puedes alegar que no te lo explicaron bien, si es que fue así, que incumplieron la normativa MIFID, etc…. , no existe desproporción, o existe bastante menos, a no ser que también tengas una barrera desactivante a favor del banco por arriba ….

Mírate esto, si no la hay, y perdóname que sea algo duro, un collar no es un mal asunto, lo que pasa es que ahora te toca pagar, y lógicamente no te va bien, pero este producto, en mi opinión, insisto si no hay barrera por arriba guarda una cierta proporción entre las partes y no es de lejos tan sangrante como los swaps, y con ello no digo que no hagas la reclamación, solo que tengas en cuenta que pueden existir menos argumentos que con un swap, y no digo que los que tienes no sean suficientes, solo que tienes menos que los demás.

#10

Re: Cobertura de interés hipotecario

Gracias Xavier:
He leido todos los comentarios y desde luego que hay montones de peronas en situación mucho peor que la mia, (mira que lo siento, pues no deberia de haber ninguna)
Siguiendo tus consejos ya envié la queja via on-line a atención al cliente de Cajamadrid. Sin muchas esperanzas (por lo que comentas sobre mi situación)esperaré respuesta y seguiré con el banco de España.
Sigo atento a todos los comentarios. Gracias

#11

Re: Cobertura de interés hipotecario

No es que no tengas esperanzas, puede las haya al igual que en otros casos, si presuntamente las cosas se han hecho mal por parte de esta entidad financiera, da lo mismo que tu producto sea menos sangrante económicamente que los demás, las cosas se deben hacer con todas las de ley, o no valen, la banca/cajas es un negocio muy regulado, y así debe ser, mi única intención fue decirte que las demás personas que han publicado su caso en el foro, al menos por lo que indican, tienen presuntamente un agravió adicional que es la desproporción de los riesgos económicos, que una parte (la entidad financiera) tiene un límite de perdidas posibles, y la otra parte (el cliente) también presuntamente no tiene ningún límite, esto puede interpretarse como una falta de equidad, con lo que se puede presentar como un argumento más al solicitar la nulidad.

Es por ello que te indique que revisases tu contrato si existía este límite favorable a ellos, y no a ti, porque la desproporción podría existir, si que podría ser menos sangrante que otros casos, pero ……..

Luego yo no tengo experiencia en esto porque no estoy afectado afortunadamente, pero por ahí se dice que el defensor del cliente ha dado la razón a la entidad financiera, bueno lo he visto en un par de casos por algún foro, por tanto puede que no sea representativo de nada en absoluto, ahora bien a la vez sé de otros casos que el Banco de España opina distinto del Defensor-Servicio de atención al cliente, pero como creo que ya indiqué uno no puede ir al BdE sin pasar antes por el SAC-Defensor, y es lógico porque cuando uno cree tener un agravio como mínimo debe dar la oportunidad al del presunto agravio a rectificar.

#12

Re: Cobertura de interés hipotecario

Queridos amigos de Rankia: Caja Madrid ya me ha respondido a la reclamación que les hice de su seguro de cobertura hipotecaria....y como podeis imaginar me lo han denegado porque todos los documentos estaban firmados por mí y eso clarifica de que estaba consciente y de acuerdo con lo que firmaba.
Ya elevado la reclamación a servicio del cliente del banco de España, tanto por internet como por carta y sospecho que no voy a conseguir nada....y es una sensación de impotencia tremenda porque despues del Banco de España ya no hay nada...y en estos tiempos de crisis me duele no poder beneficiarme de los bajos intereses.
Un abrazo
RAMON

#13

Re: Cobertura de interés hipotecario

Mirate la web de "noclip.es" que el Banco de España ha dado la razón a un cliente, lo cual no significa que sea tu caso, pero allí hay opiniones, comentarios, casos, similitudes, diferencias, para todos los colores, si alguna coincide contigo ..........

http://api.ning.com/files/e7JxPS4SuGytdKyyjHZ0QBMYeHXVEjDxZrJ5xB9CcD-TNMqGAlm7Rs*zPuYq8HFd862YpvAVX-tYaIx-nFQEvxUlRT27HgRi/bde_res_pos_mk_opt.pdf

#14

Re: Cobertura de interés hipotecario

Hola a todos. Yo tambien me encuentro en la misma situacion en caja madrid que Ramonmar. Tambien me lo ofrecieron, obligado al hacer la hipoteca, como un seguro y firme confiado toda la documentación, incluido el test de idoneidad que yo no hice.
La semana pasada estube hablando con la caja para saber de que manera se podia rescindir el contrato, y me dijeron que tenia que pagar, a dia de hoy unos 6700e.
Me he leido bien el contrato y segun él no dice nada sobre una penalización. Solo habla de un valor residual del que no pone nada sobre como se calcula.
Leo testualmente lo que pone:
Con independencia del plazo de vigencia establecido anteriormete, cualquiera de las dos partes podrá resolver anticipadamente el presente contrato, en cuyo caso la parte que decida resolver deberá notificárselo a la otra por escrito y al menos con una antelación de 15 días naturales a la fecha de efectos de la resolución. Cualquier resolución del contrato se entenderá resueltoen su totalidad.

CAJA MADRID valorará el instrumento financiero de cobertura contratado y liquidará el valor residual del mismo, abonando o cargando en su caso al CLIENTE y/o FIADOR el importe correspondiente. En cualquier caso la cancelación anticipada no dará derecho a la devolución, ni total ni parcial, de la prima percibida por caja madrid.

El valor residual no es una penalizacion por recisión de contrato. no?

#15

Re: Cobertura de interés hipotecario

Hola Avante;
Solo quería hacer un pregunta, aun estoy en shock despues de haberme enterado ayer que mi "seguro" de interes hipotecario con el banco popular era una operación de alto riesgo....sobran el resto de los comentarios pq por lo que veo estoy en el mismo caso que los demás, aunque hay un detalle aún más sangrante.....CANCELE LA HIPOTECA 7 MESES ANTES DE QUE EL CONTRATO ENTRARA EN VIGOR¡¡¡ Cuando vendí mi piso y cancelé mi hipoteca, el director de la sucursal (por supuesto de confianza¡¡¡ como todos) no me informo de nada, desde que lo firmamos no tuvimos más noticias...hasta ahora que quisimos cancelar la cuenta corriente para irnos al BBVA y nos dice que cancelar ahora mismo la cuenta nos sale por 15000 euros¡¡¡ que es mejor dejarla y pagar 3000 en enero con la revision y así hasta finalizar el contrato en 2012. Dice que el contrato no es vinculante...que es paralelo¡¡¡¡ Pero como es posible que siga en vigor un contrato sobre una hipoteca que no existe y que encima fue liquidada antes de que dicho contrato entrara en vigor?????

Gracia de antemano supongo que necesito que alguien me cuente algo...aun no he reaccionado y veo que tengo mucho que leer en el foro...