Dudas asistencia sanitaria centros no concertados
Supuesto:
- colisión entre dos vehículos con parte amistoso firmado.
- el conductor del vehículo no culpable decide realizar rehabilitación en centro no concertado. En su póliza dispone de 2.000€ de capital para asistencia sanitaria en centros no concertados
Dudas:
- ante la reclamación de factura de rehabilitación, su compañía le indica que no la abona, sino que tiene que esperar a reclamación a compañía contraria. ¿Es correcto?
- insistiendo en la reclamación, tramitador indica que dicha cobertura de asistencia sanitaria en centros no concertados la abona directamente la compañía cuando no hay otros vehículos implicados o el asegurado es culpable del accidente. Consultado el condicionado de la póliza no hace mención alguna a esas circunstancias. ¿Es correcto?
La póliza es un todo riesgo con Seguros Bilbao. El condicionado indica lo siguiente.
c. ASISTENCIA SANITARIA
1. El Asegurador garantiza durante el plazo máximo de un año a contar del día de la fecha del accidente y hasta el límite establecido en Condiciones Particulares, el pago de los gastos de asistencia sanitaria ocasionado al Asegurado por dicho accidente. Igualmente, el Asegurador abonará íntegramente los gastos que se deriven de la asistencia de urgencia o primeros auxilios con independencia de quien los preste.
2. Se incluyen también las prótesis o aparatos ortopédicos necesarios,con límite del 25 % de la suma asegurada para la cobertura de asistencia sanitaria.
3. La asistencia médica deberá efectuarse por facultativos o centros asistenciales hasta el límite establecido en condiciones particulares.
4. El Asegurador podrá subrogarse en los derechos que en su caso correspondan al Asegurado contra un tercero como consecuencia de los pagos efectuados por esta cobertura de Asistencia Sanitaria.
Los límites a los que hace referencia el condicionado de las condiciones particulares son:
En centros concertados: Ilimitada
En centros no concertados: 2.000€
Gracias