Arpem, lo pone clarisimo en su pagina web:
LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS DICEN...
El planteamiento interno del Consejo de Administración de cualquier compañía aseguradora a la hora de tomar decisiones podría desarrollarse así.
"Si nuestra compañía asegura a una persona como conductor, es para que conduzca dicha persona, y no otra, porque en ese caso, le haríamos el seguro a esa persona, con otras tarifas, con otros precios, y sobre la base de otros riesgos.
Si el vehículo va a ser conducido por varias personas, deberán figurar todas ellas en la póliza, o en su defecto, aquella que represente el mayor riesgo, es decir, menor edad, menos años de carnet de conducir y peor historial, o lo que es lo mismo, la persona que tenga que pagar MÁS prima, puesto que será el riesgo mayor.
Por lo tanto, solo vamos a cubrir al conductor/es EXPRESAMENTE declarado/s en las Condiciones Particulares de la póliza.
Y, cuando se produzca un accidente, si el coche es conducido por otra persona que no sea EXPRESAMENTE la declarada en la póliza, pues NO se pagará absolutamente nada, ya que estaremos ante un engaño, por haber conducido el coche una persona diferente de la autorizada, es decir, es un caso claro de "mala fe", y como tal está reflejado en las Condiciones Generales del contrato.
Ahora bien, si hacemos esto, muchas personas se van a dar de baja en la compañía, porque es habitual que su coche lo utilice el cónyuge, o los hijos aparte del conductor declarado, o puede que incluso los padres.
Pues en este caso, no hay más remedio que aceptar a todas estas personas como posibles conductores: cónyuge, padres e hijos, además del declarado. Eso sí, siempre que ninguno de ellos tengan, (por ejemplo), menos de 25 años de edad y/o menos de 2 años de carnet. (Esto va en función de compañías, ya que también se utiliza el nivel de 27 años de edad y 5 de carnet de conducir, y otros más severos).
También se produce otra disyuntiva, en el caso de que el coche sea conducido por una persona que no es ni el conductor habitual, ni su cónyuge, o hijos o padres, y que dicha persona tenga el consentimiento del propietario del vehículo.
En tal caso, se aceptarán los siniestros SOLO si dicha persona tiene un riesgo menor que el conductor declarado, es decir, igual o mayor edad, igual o más años de conducir, e igual o mejor historial de siniestralidad. Si esto no se produce, volveremos a estar en el caso de mala fe en el contrato, y por tanto, no se pagará ni un solo euro."
Todo este planteamiento alrededor de la forma de pensar de las compañías de seguros es lo que ocurre en la práctica.
EL USUARIO PIENSA...
Partiendo del caso de una persona "responsable", esto es lo que debería pensar ante la situación que se plantea:
"Para empezar, el seguro lo pongo a mi nombre, y yo seré el conductor declarado en la póliza, ya que no quiero sobresaltos ni problemas.
Si el coche se lo tengo que dejar a otra persona, comprobaré en la póliza si está cubierto, porque en caso contrario, si hay un siniestro, la aseguradora NO me pagará un solo euro, por ello:
Si cualquier persona me pide el coche, y yo estoy dispuesto a dejárselo, antes de nada tengo que tener claro que debe tener al menos mi edad, la misma o mayor antigüedad de carnet que yo, e igual o mejor historial de siniestralidad que yo.
Si mi cónyuge o hijos quieren coger el coche, antes de nada tengo que tener muy claro que tienen que tener mas de X años de carnet, y mas de Y años de edad (lo que estipule la póliza).
Eso sí, si no estoy casado "legalmente", mi pareja no es mi cónyuge legal, sino que debo tratarla como a cualquier otra persona, por lo que si no tiene las condiciones indicadas antes, tendré que hacer constar expresamente a mi "cónyuge no legal" como conductor en la póliza".
Esta es la forma de hacer un buen planteamiento para no encontrar problemas con la compañía aseguradora.