Tengo una duda que a lo mejor sirva a la ponente:
En las viviendas, como tenemos seguro de comunidad, lo que hacemos es asegurar el contenido y en el casod e que los capitales de la póliza comunitaria fueran insuficientes a nuestro entender, un primer riesgo de 10 ó 20.000 e hay compañias que limitan esto del "primer riesgo".
Pero si esstuviera buna asegurado en la comunidad, cosa que creo es lo habitual, no acabo de entender lo que indicas, si se reclama como causantes y gtal "causante" es una instalación y por tanto asegurada a través de la comunidad de propietarios, en ningun caso (entiendo) se pude suponer que no hay seguro, porque si lo hay, a través de la comunidad de propietarios, pero si existe.
Cosa distinta seria que la causa del incendio fuera por ejemplo fuera un cortocircuito de un electrodoméstico, que obviametne deberia estar aseguerado como contenido, entonces sin póliza de seguro que cubra el contenido es cuando se puede decir "sin seguro".
Lo entiendo bien ??? o me estoy equivocando completamente !!!!!