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Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

10 respuestas
Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.
Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.
#1

Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Quiero saber si mi hijo ( objeto de bullyng) defendiéndose de un. acosador le golpea ( mi hijo sabe judo y karate) y por desgracia el acosador recibe un mal golpe o cae mal al suelo y sufre lesiones o daños personales considerables, que seguro podría cubrir ese siniestro ? .
¿El seguro de multirriesgo hogar cubre estos daños o es un motivo excluido del condicionado?. ¿En estos casos el seguro cubrirá o yo como tutor legal deberé pagar aparte?
#2

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

La garantía de responsabilidad civil del seguro de hogar cubre los actos cometidos por menores.
#3

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

 Los tutores son responsables civilmente de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que están bajo su autoridad y habitan en su compañía. 
#4

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Los tutores son responsables civilmente de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que están bajo su autoridad y habitan en su compañía.
 Queda garantizada la Responsabilidad Civil familiar, entendiéndose por tal la obligación de indemnizar a terceras personas que hayan sufrido daños y perjuicios como consecuencia directa del desarrollo de la vida privada del Asegurado y su familia que convivan en el hogar,.
#5

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Que compañía es y edad del niño.
#6

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Bueno, ojo, que dice que el niño sabe karate y judo.... me suena que hacer uso de eso, dependiendo de las circunstancias, estaríamos ante una posible responsabilidad penal y no civil.
#7

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Buenas tardes, José.

Desde mi parecer, no tendrá para nada cobertura dentro de la responsabilidad civil de las pólizas de hogar. Una de las exclusiones mayúsculas de esta garantía es la participación en riñas o peleas.

Dudo que haya póliza que cubra la indemnización en esa situación.

Lo que si existen son seguros que te cubren la defensa penal y la civil subsidiaria.

Respecto al último comentario, lo correcto es que puede ser considerado un ilícito penal, de los cuales nace responsabilidad penal y puede nacer civil.

P.d. hay algún producto específico antibullying y de ciberbullying, pero ahora mismo no tengo la información y lo que te dijera sería más invención que certeza.

Saludos.
#8

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Lo que existe es que alguna aseguradora en hogar garantiza la emision,de un certificado de ciberacoso de cara a actuaciones procesales
#9

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Una de las exclusiones mayúsculas de esta garantía es la participación en riñas o peleas.

He leído tres condicionados y nada dice al respecto.

Pero además es  q el asegurado no ha participado en nada, ha sido su hijo y aquí hablamos de la responsabilidad como tutor (1903 cc), no como asegurado (1902 cc). 
#10

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Ya sabes por autos q la penal no es el fin último, solo se usa esa vía para llegar por esa a la civil.


#11

Re: Que seguro cubre los daños personales ocasionados por un menor.

Ejemplos:
 
Liberty. 
Tanto para el caso de asegurar el contenido como el continente las reclamaciones derivadas de: 
q. Actos de mala fe, desafíos y riñas. 
 
PLUS ULTRA 
Se excluye: 
- Los actos de mala fe, desafíos y riñas. 

Las rc de hogar cubre 1902, 1903 y 1910 Cc, según se contrate Cte o también Cdo.
Respecto a 1903Cc que es el que afectaría hay diferencias entre compañías para entender al hijo como asegurado o no en la garantía (edad, convivencia...).

Y todo ello, sin entrar en la propia configuración jurídica de la responsabilidad civil subjetiva u objetiva.