Debes cuidar eso, pues de no hacer una cesión de derechos, una donación o algo similar, en caso de pérdida total de la vivienda, como lo de Valencia, quien cobra la indemnización es tu padre....y si luego éste te devuelve o da el dinero de la misma ya estamos ante otra situación distinta (donación) que tendrías que pagar los impuestos correspondientes y que, en función de tu Comunidad Autónoma, te puede salir caro.