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Venta de coche y suspensión automática de la póliza

33 respuestas
Venta de coche y suspensión automática de la póliza
Venta de coche y suspensión automática de la póliza
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#1

Venta de coche y suspensión automática de la póliza

¡Hola a todos!

Un familiar vendió este lunes un coche y llamó hoy miércoles a la aseguradora para comunicarlo e informarse si le guardaban la parte no consumida hasta que asegurara otro coche y, para su sorpresa, le dijeron que la póliza ya estaba en suspensión desde el lunes. ¿Quién ha comunicado a la aseguradora la venta del coche, la DGT?

Un saludo y gracias.

#2

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Imposible. Por dos razones...

1. Nadie puede hacer ni modificar nada de ese contrato salvo el Tomador del Seguro.
2.. El objeto asegurado es el vehículo... imagina que lo hubiese comunicado Tráfico.... ¿dejaría sin seguro obligatorio un vehículo por el simple hecho de haberse vendido.


#3

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Pues solo se me ocurre, que haya dado la casualidad que lo asegure en la misma CIa donde lo tenia tu familiar, y que a traves de contrato de compraventa o cambio de titularidad de trafico, hayan anulado la anterior para emitir la nueva poliza. 

Por suponer algo, aunque eso la aseguradora es la que tendria que contestar. 
#4

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Así es.
Que el nuevo propietario solicitara seguro en esa misma compañía es la única manera posible de que la compañía lo supiera y que la suspendiera automáticamente.
Al tener la documentación del nuevo asegurado podría suspender la anterior póliza... aunque lo lógico hubiera sido haberlo comunicado antes al tomador.
#5

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Bueno, se ha resuelto el misterio hablando esta mañana con el mediador. Como decía Emmamani, la DGT no tenía nada que ver en este asunto. Ha ido en la línea de lo apuntado por Holynes2 y Pactrader: el comprador ha asegurado en la misma compañía que estaba con el vendedor y se ha puesto en suspensión la póliza de este último, pudiendo recuperar la prima no consumida si asegura otro vehículo en los próximos 15 meses.

La cosa se ha resuelto satisfactoriamente y todos contentos, pero poniéndonos a teorizar en plan puntillosos, ¿es correcto que la aseguradora haya suspendido una póliza al corriente de pago sin avisar antes al tomador? 

Un saludo.
#6

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

La respuesta es clara. ¡No!
#7

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Muy raro, normalmente que yo vea, ya las compañías envían un email automático, al menos muchas de ellas comunicando que se ha gestionado algo en la póliza. 
#8

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Emma, todas las pólizas de autos incluyen alguna cláusula que se refiere al caso de transmisión del vehículo asegurado y en general acaban concluyendo en que se suspenden las garantías con la venta. En el momento que la compañía tiene certeza de la venta porque se le aporta documentación, generalmente el resguardo de transferencia, aplica la cláusula. No tiene sentido mantener un riesgo que en realidad no existe, es mas, iría en contra de Ley.
#9

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

¿Qué dice la ley sobre la trasmisiones de bienes asegurados?

Que hay un plazo de 15 días para hacer la comunicación a la aseguradora y quien tiene la obligación de hacerlo es el asegurado.

Pero, también, (sic) "el adquirente se subroga en el momento de la enajenación en los derechos y obligaciones que correspondían en el contrato de seguro al anterior titular". 

Para despitaos esto sale en el artículo 34, ley de contrato de seguro.

O sea, a mi entender esta obligación de notificar el cambio de propietario, es también del nuevo propietario, tal y como dice el 11 LCS. 

Y si la compañía conoce un cambio en el riesgo debe ofrecer la solución, y ya se la da al adquiriente, porque tenía los derechos de la póliza antigua subrogados.

Y si la póliza la paraliza ¡muy bien!, porque no veo motivos para que no aplique la prima a las nuevas circunstancias (nuevo propietario) si hiciera (sólo) una modificación de la póliza. 

SI hace póliza nueva, que es la tendencia, sí que tiene que hacer algo con la prima anterior, y por lógica, lo más sencillo es paralizar.

Pero si modifica la póliza, el adquiriente está subrogado en derechos de esa póliza...

Esta es la teoría, y habría que ver si hay jurisprudencia que entienda todo esto de otra manera.


#10

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Yo no discuto si tiene sentido o no mantener el seguro u otros aspectos. El forero pregunta " ¿es correcto que la aseguradora haya suspendido una póliza al corriente de pago sin avisar antes al tomador? " Por tanto hay dos cuestiones distintas, poder hacerlo o no y deber de informar o no. Y la respuesta a esa pregunta que hace el forero, es no.
#11

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Bien, no estoy de acuerdo. La compañía ejecuta algo recogido en póliza y en normativa. Lo de si me lo han comunicado o no es muy volatil, a veces se comunica con burofax un rehuse de 20€ y otras con un sms una anulación. Donde voy es a que la compañía tiene razón aunque no llegue a comunicar, no se por qué tiene que confirmarte lo que has hecho voluntariamente, es muy deseable en el aspecto comercial pero por lo demás...



#12

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

¿Por qué no?

Ten en cuenta que la póliza ya no le pertenece.

Y más, desde otro punto de vista, si el riesgo desaparece, o el interés por el riesgo deja de tenerlo el antiguo propietario, y la póliza no tiene más remedio que acabar, incluso, la compañía puede dar por suya la prima no consumida.

Que se paralizan pólizas y permite recuperar primas no consumidas es un asunto no legislado, es una dádiva comercial. 

Tampoco está legislado ese tipo de comunicación. O sea, yo no veo que exista obligación de notificar el hecho.

Que entiendo como tu, que la compañía ya que paraliza la póliza, o sea, le guarda prima, es boba si no lo comunica. Pero que esté mal no hacerlo... no, no  lo veo así.


#13

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Dices que la póliza no le corresponde. 
Existe la posibilidad de ser tomador de la póliza y que el conductor, asegurado, sea otro?
Está claro que  la póliza variaría, habría que modificarla según los nuevos intervinientes, incluso hasta devolver prima si fuese el caso.
Dices que el riesgo desaparece, cual es el riesgo?, el coche?.......................
Me parecen decisiones abusivas que adoptan las aseguradoras por tener posición dominante contra los asegurados.
Tampoco conozco jurisprudencia porque al ser cantidades pequeñas nadie se mete en gastos mayores que el objeto del litigio.
#14

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

Yo pienso que clausulas de ese tipo hay en todos los contratos pero cuantas son abusivas?
Restringen los derechos de los asegurados.
También te pregunto, cual es el riesgo? el coche? un conductor?
Porque siendo yo el tomador, asegurado, conductor, mi seguro permite que , el coche pueda ser conducido por otra persona con las mismas características que las mías en edad y años de carnet . Sin importar historial de siniestros ni provincia donde circule, ni.........
Desconozco la ley que impide que un tomador infrinja la susodicha ley por no comunicar en tiempo la venta del coche a un tercero y por ello pueda ser sancionado.
Digo que no la conozco no que no exista.
También creo que hay obligación de la compañía, del tipo que sea, de comunicar cualquier modificación de una póliza, contrato, con antelación, y una rescisión del contrato, póliza, creo que lo es. 
Ye esto para permitirle al afectado tomar las decisiones que considere oportunas al respecto  con conocimiento de la nueva situación.
#15

Re: Venta de coche y suspensión automática de la póliza

La póliza no le pertenece porque la aseguradora de forma unilateral la da de baja.
Pero que no pueda ser tomador..................... tengo dudas.
Lo de paralizar pólizas y recuperar primas me parece que no está legislado porque nadie se mete en litigios por 300€, por ejemplo contra el ejército de abogados de las aseguradoras.
Pero está claro que hay un abuso cuando una aseguradora pone una prima basándose en un riesgo durante 12 meses y ante una transmisión, se da de baja a la póliza y el asegurado pierda el tiempo, dinero, no consumido de la póliza. El tomador lo ha pagado y tiene un derecho sobre ese tiempo, dinero.
En la ley del seguro quizás no esté contemplado la notificación, pero habría que leer el código civil  y las leyes de defensa de los consumidores por si viniera contemplado.
Guía Básica