Mi interpretación es que la obligación es de indemnizar, como dices, en el párrafo que marcas del 18 LCS.
Y solo bajo el acuerdo de las dos partes se puede sustituir por reparación.
Pero...
Si tu le dices a una aseguradora de autos que prefieres indemnización se vienen líos. Y si dice que "no" que ellos pagan al taller, para reclamar, aún teniendo razón, tendrás que adelantar el coste de la reparación para tener algo que reclamar, la factura (y/o gastar en una peritación para demostrar).
Además, que en este caso pudiera existir una peritación que dice que ese hierro cuenta 3 céntimos. Y no 70 euros. Y yo creo que lo tiene ganado el cliente, pero, probablemente, va a ser a las bravas. Y no compensa tener que ir juzgado.
Más, la realidad es que ningún taller te va a cobrar la mano de obra a ti, particular, al precio que se la cobra a la compañía. Ni te va a hacer el descuento en piezas que le hace a la compañía.
Si las compañías permiten que elijas taller, y que pagues tu lo que pagarías si fueras tu como cliente, y después recobres la factura, las pólizas costarían tres veces más. Y creo que no exagero.
O sea, que tienes razón, el asegurado la tiene, pero si la aseguradora se empeña, tienes un lío.
Menos mal que las compañías son muy comprensivas y les gusta salirse de tu protocolo... 😂😂😂
Y vuelvo a lo mismo, que a lo mejor la culpa no es de las compañías. La culpa es de los mediadores que nos quejamos si suben tarifas, y de los clientes que solo miran precio. Y por ese camino se pierde calidad.