Las terrazas ¿elementos privativos o comunes?
Una terraza atico o azotea puede tener cosas que reparar y hay que determinar a quien corresponde.
Un usuario de una terraza de un edificio reclamo a la comunidad de vecinos 5.600 euros por unas obras de impermeabilización y el juzgado condeno al usuario porque en la escritura ponía que era elemento privativo.
La Audiencia revoco la sentencia y condenó a la comunidad alegando que la terraza era cubierta del edificio y no puede declararse privativo.
El Supremo confirmo la sentencia de la Audiencia condenando a la comunidad de propietarios e hizo dos aclaraciones importantes.
"Elementos comunes por naturaleza" imprtescindibles del edificio para el funcionamiento uso y disfrute de los pisos.
"Elementos comunes por destino" que pueden desvincurse del uso público.
La terraza es tambien cubierta del edificio y es elemento comun como puede ser el resto del tejado, fachada o cimientos y como las obras eran por filtraciones no afectaba a la terraza privativa sino a la cubierta comun del edificio y por tanto corresponde a la comunidad.
(Sentencia del Supremo del 08/04/2.011)
Otro problema sería dilucidar si las filtraciones se produjeron por defecto de construcción o por negligencia y mal uso del vecino usufructuario.
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