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¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

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¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE
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¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE
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#1

¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

ESTOY MUY ASUSTADA - TENGO CITA MAÑANA Y NO SE QUE HACER

Esto cobrando un subsidio para mayores de 52 años.

Nunca he tenido cambios en mis rentas cuando hago la declaración de variación de rentas durante el año corriente a la declaración.

Este año hemos vendido mis hermanos y yo un piso que nos dejaron de herencia nuestros padres, lo único que tenían los pobres y, al ir a renovar este año el subsidio, e han dicho que tengo que llevarles la Escritura de Venta del piso ya que tengo que declarar la cantidad que me ha pertenecido.

Me ha pertenecido 30.000 € y con esto seguro que me paso del 75% del S .M .Interprofesional

Lo malo e mí caso no es que me retiren el subsidio, lo malo es que me quedan 3 años para llegar a la jubilación y era la última salida que tenía para poder cobrar pensión.

Tengo 23 años cotizados, pero hace ya 20 año que no trabajo y, con lo único que cotizaba era con esos 426 € del SEPE, me dijeron en la S.S. que si cotizaba los dos últimos años con esto, si me pertenecería, aunque fuera la pensión mínima.

EN CASO DE QUE ME LO DENIEGUEN ESTE AÑO PODRÉ SOLICITARLO EL PRÓXIMO?

#2

Z Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

No soy experto en leyes. Lo que se me ocurre es que renuncies a ese dinero. Una vez estés cobrando la jubilación, tu hermano te dona esos 30.000 menos impuestos, que serán un pico.

A ver que te dicen por aquí.

#3

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

¿y la cita dónde era?

#4

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Para comprobar si te pasas del límite de rentas debes considerar la ganancia patrimonial obtenida, no el importe total (30.000 euros). La ganancia es la diferencia entre lo obtenido y el valor de adquisición, el de la declaración del I. de Sucesiones añadiendo los gastos e impuestos correspondientes.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Muchas gracias juan. He creído entender en lo que me dices que si yo heredé en 2008 el piso valorado entonces en 200.000 € y ahora lo hemos vendido por 120.000 € la diferencia que son 80.000 €/4= 20.000 € menos los gastos deducibles que he abonado.
La verdad es que desde que heredamos, hasta que hemos podido vender el piso, hemos tenido muchos gastos de mantenimiento, de impuestos como IBI, basura,etc. Tuvimos que pagar notaría y los impuestos correspondientes al aceptar la herencia, después al cambiarlo a nombre de los cuatro hermanos, otro tanto y, ahora que hemos podido venderlo, mas de lo mismo plusvalía y notaría.
Pediré a mi hermano todas las escrituras de herencia y los justificantes de los pagos efectuados.
Un saludo.

#6

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Si heredaste un piso valorado, a efectos del I. de Sucesiones, en 200.000 y ahora se vende en 120.000, no necesitas hacer más cálculos ya que ho has tenido ganancia patrimonial alguna sino pérdida patrimonial. Por tanto, tu subsidio no se verá afectado.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Como te dice Juan Lackland, creo que no vas a tener problemas.

Cuando vayas ha hacer la declaración de IRPF, vas a que incluir una RENTA NEGATIVA de al menos 20.000 euros. (80.000 euros/4)

Osea que ese dato, no te va a perjudicar e incluso te puede beneficiar si puedes compensar esa renta negativa con las positivas que obtengas por otros medios este año o en los cuatro siguientes.

Un saludo.

#8

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Hola,me llamo Carmen,cobro un subsidio agricola especial para mayores de 52 años y ayer ingrese un cheque por la venta de unas tierras de herencia de mi padre por el valor de 11.142€,hoy he ido a notificarlo a la sepe y me comenta el director que si lo notifico me quitan el subsidio 1 año entero y que al no cobrar durante un año después tengo que solicitar el paro durante otros 4 años más entregando las 35 peonadas ( ahora no las preciso) para volver a este subsidio que cobro ahora mismo.Me dice que lo piense o que busque un abogado ,cuando yo creo que la norma es que me anulan el mes en el que cobro el dinero y luego se quedaria igual que ahora.espero sus respuestas craciad

#9

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

El subsidio agrario de Andalucia y Extremadura, o el subsidio especial > 52, tiene esa normativa y peculiaridad que el director te ha informado. Se computan las rentas en anualidad, de la misma manera que se reconoce el subsidio en anualidad.

Aunque no lleva razón el director con lo de tener que volver a acumular las 35 peonadas durante 4 años.

En el folleto informativo del SEPE, respecto de su concesión (pues se reconoce año a año), dicen:

"El requisito de percepción ininterrumpida del subsidio se considerará cumplido cuando en cada uno de los cinco años naturales inmediatamente anteriores a la solicitud el trabajador haya estado en una de las siguientes situaciones:

....

No haber percibido el subsidio por superación del límite familiar de acumulación de rentas, reuniendo los restantes requisitos que habrían posibilitado su reconocimiento."

O sea, que si tenías derecho por todo el resto de requisitos, menos solo y exclusivamente por este de haber superado el umbral de rentas, se considera subsidio percibido a efectos de acreditar la continuidad. Por lo tanto, el año que viene ya tendrías derecho a solicitar a reanudación del mismo.

Donde veo problemas es en la parte de subsidio ya recibida durante 2018, pues al estar acreditado desde ya que este año superas el umbral de rentas, no te corresponderia subsidio este año. Así que te podrían solicitar la devolución de las pagas ya recibidas.

 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#10

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Gracias por contestar,fui también al asistente social de mi pueblo y me dijo igual,no cobro este año,devolución de lo cobrado en este año ,pero me dijo igual que el director que tendré que volver a solicitar de nuevo con 35 peonadas hasta que vuelva a tener 5 últimos años cobrados interrumpidamente para llegar al punto en el que estaba
y lo peor es que hay aun unas tierras y una casa por vender y seria otra vez vuelta a empezar.

#11

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Hay dos cosas, similares pero diferentes, en este asunto.

Una de ellas es lo que dice la norma reguladora, que si pierdes el subsidio solo por superar el umbral de rentas, a efectos del cómputo de los cinco años ininterrumpidos, se cuenta como subsidio cobrado.

La otra cosa es que técnicamente si superas el umbral de rentas, se entiende que técnicamente el subsidio queda extinguido. Por lo tanto, para su reanudación hay que ver y valorar los requisitos iniciales. Y si entre los años que llevas cobrando el subsidio especial, más este año, no llegas a cinco ininterrumpidos, la cuenta parte de cero.

Ejemplo:

A los 52 te conceden el subsidio especial, que cobras con 52, 53 y 54. Recibes herencia con 55, y se extingue por superar umbral de rentas. A los 56, si pretendes recuperar subsidio especial resulta que no cumples lo de los cinco años ininterrumpidos, pues solo tienes 4: 52, 53, 54 y 55.

No se si esa será tu situación, pero si es así, quizás es que te precipitaste al vender la tierras, antes de haber consolidado el derecho a percibir de forma continuada el subsidio especial.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#12

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Hola muchas gracias por su explicación tan detallada,creo que en mi caso es peor.Cumplí los 52 en Diciembre de 2016 y cuando llego julio del 2017 lo solicite y me lo aprobaron así que era el primer año que lo empezaba a cobrar,otra pregunta,¿me interesaría entonces vender todo en este mismo año?¿o que podría hacer?espero su respuesta y muchísimas gracia.

#13

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Sí ya has perdido este año el derecho al subsidio, quizás aprovecharlo y vender todo este mismo año. A fin de cuentas es lo mismo superar el umbral de rentas por los 11.000 y pico que hacerlo por 40.000. Y el año que viene, recomenzar lo del REASS.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#14

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Buenas tardes, estoy preocupada porque he ido hoy a renovar el subsidio para mayores de 52 años y ahora me han dicho que tenía que haber dicho UE el año cobre una herencia de 5000€ y esoe va influir para los ingresos pero no sé si cuenta esa cantidad completa o solo el beneficio obtenido

#15

Re: ¿Que pasa si cobrando la ayuda de mayor de 52 años recibo una herencía? - SEPE

Se tiene en cuenta si el resultado de dividir entre 12 la herencia (que se considera como un ingreso extraordinario) supera el límite mensual de ingresos para percibir el subsidio (75% SMI =551,93 € mensuales en 2018), lógicamente sumado a otros ingresos distintos del subsidio que tengas. Si lo supera, se pierde un mes de subsidio. En tal caso, deberías haberlo comunicado cuando aceptaste/percibiste la herencia.

Por tanto, la cantidad de la herencia no supera el máximo, pero tienes que verlo con tus otros ingresos.

Si estás por encima del tope, las consecuencias son tremendas (retirada del subsidio), como ya hemos comentado en otras ocasiones en el foro, pues este es un caso habitual, dado que cuando uno tiene más de 50 años y tus padres viven, es probable que se produzca el fallecimiento de alguno durante los años de percepción del subsidio:

https://www.rankia.com/foros/empresas/temas/3969590-subsidio-mayor-52-anos-herencias#respuesta_3971393

 

Luego posteriormente, la herencia recibida podrás venderla con una ganancia sobre el valor declarado en sucesiones(volverías a aplicar la regla citada de ingreso extraordinario) o podrás recibir un rendimiento periódico de la misma que se tendrá en cuenta como ingreso ordinario para el límite del subsidio.

 

Guía Básica