"Compartir piso" es tomar una decisión, dos o más personas, de organizar una especie de "confederación económica habitacional". Organizarse, siquiera parcialmente, como una especie de unidad parcial de conviviencia económica.
No es prueba de nada, pero es un indicio de mucho.
Lo importante, desde la mirada del funcionario que debe analizar la solicitud, es que a falta de otras evidencias, dicha situación de "confederación económica habitacional" es totalmente indistinguible de la situación de "unidad de convivencia basada en lo afectivo".
Una pareja de hecho, o dos adultos que conviven y comparten piso sin nada más entre ellos, solo mirándolo desde la solicitud del IMV son totalmente indistinguibles.
La persona interesada debiera aportar pruebas sólidas que pusieran en evidencia que no son una pareja de hecho basada en lo afectivo.
Por otra parte, esta afirmación que haces: " miles y miles de personas están en la situación de compartir piso y ven que, si no cobran la ayuda, evidentemente les echan"
Si la cosa fuese así, querría decir que hay uno de los convivientes que tiene poder de decisión, y que la realidad de la convivencia está basada en parte o en todo en el intercambio económico.
Por lo tanto, si es cierto que hay ese riesgo de desahucio por parte del conviviente, deberías poder acreditarlo, ya que entonces en verdad no sería una situación de "compartir", sino de subarriendo o de alquiler de habitación.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!