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Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

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Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF
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Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF
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#31

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Franjgr. Buenas tardes. Como bien quedé en comentarte he estado en las oficinas del SEPE y me han dado las gracias por comunicarlo. Lo comprobaron por una plantilla de Excel  (fechas y rentas) porque tenían hasta dudas. Al final me dijeron que lo iban a revisar y que probablemente está  mal reconocido casi seguro. 
Muchas gracias por tus informaciones ,  a pesar de la mala noticia que he recibido hoy. Pero en fin... si es legal es y si no lo es, no hay más que decir.
Eres un fenómeno. Buen fin de semana.
#32

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

 
Fran, Buenos días. No se si recuerdas mi caso en particular. (subsidio que según me comentaste estaba mal concedido en su nacimiento, por haber obtenido desde hc hasta solicitud mas de 12 meses de rentas consecutivas que excedían el 75 % del smi). 

   El motivo que te consulto es que me personé en el SEPE como  te comenté en el foro en su momento. Estuvieron mirando mi caso en particular y me comentaron que probablemente el subsidio estuviera mal concedido y sacando el expediente me dijeron que me lo iban a revisar. Yo ya con este tema estoy desesperado porque de eso hace ya más de tres semanas y me siguen abonando la prestación y sigo estando dado de alta. Ya tengo hasta dudas si pudiere estar bien o mal concedido; o quizás están esperando a la declaración de rentas irpf que presente del ejercicio 2019, aunque yo le dije que se trataba de un alquiler que había superado los doce meses de rentas. 

Vista todas estas circunstancias de demora, No sé si es prudencial por mi parte o me puede traer consecuencias de renunciar personalmente yo por la página del sepe o mediante pre formulario al subsidio. (Me refiero a que no pueda tener opción nunca más de percibir ese subsidio) o quizás mejor esperar. 

Por otra parte, el otro día me llamaron del sae para que le mandara una actualización del curriculum comentándome que si no me importaría un trabajo temporal adecuado a mi edad, de conserje en museo, bien de vigilante o de taquillero, y que si estaría dispuesto a desplazarme fuera de la Ciudad. A lo cual le respondí que sí. (Aunque no he vuelto a tener noticias me resultó gratamente sospechoso, puesto que en cinco años jamás me habian llamado) 

Te quiero decir con esto Fran: Primero, si creo una nueva vía de acceso y este subsidio está todavía en vigor, me lo van a suspender (supongo);  y cuando me vuelva a quedar parado se reanudará. (Siguiendo lógicamente estando mal concedido). Y en ese supuesto caso de  haber creado una nueva via de acceso o hecho causante ¿puede que se agote o extinga esa nueva via de acceso cuando posteriormente a haber trabajado me extingan el subsidio mal concedido? No se, si me explico.   

Fran, discúlpame pero es que estoy hecho un verdadero lío y me está causando todo este tema ansiedad e inquietud. Y todo por estar mal concedido desde un principio. Muchas gracias por tu paciencia y aguantarme. Enormemente agradecido por tu ayuda desde el principio que me orientaste en todo esto.  
#33

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

No hagas ninguna otra acción, ya lo has comunicado y si intentas darlo de baja por presolicitud o cualquier otra acción, vas a duplicar un trabajo ya de por sí muy colapsado.
Eso sí, guarda el dinero por si te lo reclaman.
En cuanto a lo que comentas de volver a trabajar. Si tienes un trabajo de, al menos, 90 días generas una nueva causa de acceso y a partir de ese momento te pueden dar el subsidio sin ningún problema. Si todavía estás cobrando este subsidio, te lo reanudan y luego te quitan el subsidio entero deberían hacerlo sólo hasta la fecha en la que tienes este trabajo y no lo posterior y si por error te quitan lo posterior, con una reclamación debería solucionarse.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#34

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Lo que yo no se Fran el tema del contrato temporal  que me van a hacer. Porque bien me temo que es a tiempo parcial. No se si en su caso valdría  como via de acceso de 90 dias cuando lo finalizara. Me refiero por ser parcial.
Franjgr. Que te puedo decir? Darte otra vez las gracias de nuevo. No se si serás consciente de la labor magnifica que hace ayudando a tantas personas que andamos ciegos en estos temas de la seguridad social. Me gustaría de contactar quizás por privado para darte mi teléfono por si algún día vienes por mi tierra que sepas que aquí tendrás tu casa y que para cualquier cosa que necesites que esté en mi mano  aquí tendrás un amigo. 
Muchas gracias por ayudarme
#35

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Hola,
Con independencia de las horas trabajadas,  si te hacen un contrato al menos de 90 días,  te da la vía de acceso a este subsidio. 

#36

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Como indica Angelneu las horas del contrato no importan, así que no te preocupes por ese detalle.
Sólo comparto los conocimientos que voy adquiriendo por mi trabajo. Gracias por tu reconocimiento, pero no es necesaria tanta alabanza.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#37

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Muchas gracias Ángelneu

#38

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Muchas gracias franjgr. Aunque las alabanzas te la mereces. Estaba muy perdido y si no llega a ser por tus informaciones me hubiera constado aparte de un serio  disgusto,  todavía hubiera estado como un hamster en la misma rueda sin encontrar solución. 
#39

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

 
Buenas tardes franjgr antes que nada quiero agradecerte la gran labor que haces, pues gracias a tus aclaraciones y respuestas me has disipado una madeja de dudas que no encontraba respuestas y en las que me encontraba totalmente perdido evitándome además por mi ignorancia problemas añadidos. 

Franjgr el motivo es el siguiente y dado que hace bastante tiempo de mi consulta a pesar que lo puedes leer en el hilo del foro te refresco un poco el asunto porque supongo que no te acordarás con la cantidad de dudas y comentarios que atiendes a diario y para no hacerte perder mucho tiempo: 

Bien, el año pasado y gracias a tu rápida respuesta me alertaste de un subsidio para mayores de 52 años que me concedieron, el cual a pesar de llevar desempleado mucho tiempo me aceptaron por estar desde que me quedé parado sellando ininterrumpidamente la demanda de empleo cumpliendo además todos los demás requisitos a excepción de uno que me alertaste y que pudiere estar mal concedido o extinto por haber tenido rentas años anteriores que superaban el 75 % del sueldo minimo interprofesional (12 meses o rentas consecutivas). 

Siguiendo tu respuesta lo comuniqué personal y por carta al sepe diciéndome uno de sus funcionarios que llevaba razón y  que me lo iban a revisar no recibiendo respuesta alguna hasta el día de hoy. Con el tiempo, y según me comunicaron incluso personalmente en el propio sepe lo suyo sería crear una via de acceso de 90 días puesto que cumplía todos los demás requisitos. Pués bien, desde entonces estuve trabajando tres meses, me suspendieron el subsidio y me lo volvieron a reanudar. Franjgr en la respuesta que mi diste al respecto me quedé bastante tranquilo o aliviado puesto que ya tenía una nueva vía de acceso. Mi duda es la siguiente y es la que me preocupa: Sé que en la mayoría de las Administraciones del Sepe están aceptando solo 90 día cotizados para poder acceder al subsidio, pero si bien como me comentaste con una simple reclamación debería de estar solventado puesto que tengo una nueva vía de acceso y solo me pudieran exigir por cobro indebido desde que se concedió el subsidio hasta el nuevo hecho causante (90 días cotizados), ¿Me pudieran exigir o denegármelo todo al no tener cargas familiares en un supuesto caso de recurso? Es que el otro día leí que si no tienes cargas familiares se exigen 180 días cotizados y si las tienes 90 días. ¿Es así Franjgr o la mayoría de las administraciones solo piden 90 días?  No se, porque me parece un poco absurdo 90 o 180 cuando se trata de un subsidio que solo se miran exclusivamente las rentas propias del subsidiado. 
Muchas gracias de antemano deseándote un feliz verano y pidiéndote disculpas por si me extendí demasiado al respecto. 
#40

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

No te preocupes que con 90 días te vale.
Es cierto que el subsidio por cotización insuficiente para la Prestación Contributiva exige 180 días si no se tienen cargas familiares, en lugar de 90 días, pero hace ya años que la doctrina judicial impuso los 90 días como vía de acceso al subsidio para mayores de 52 años a todo el mundo tenga o no cargas familiares.
La justificación es que se trata de un subsidio que no exige cargas familiares sólo cotizaciones y mantener el acceso a los 180 días para los que no tienen cargas familiares suponía un agravio frente a aquellos mayores de 52 años en la misma situación pero con cargas familiares.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#41

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

franjgr muchísimas gracias y muy agradecido por tu rápida respuesta. Un saludo y feliz verano. 
#42

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Hola franjgr, veo que tienes conocimientos del tema, me deniegan el subsidio de los 52 por qué me dicen que supero el 75% de SMI, cosa que no es así y tendré que pelearlo, pero lo que no entiendo es que me dicen " si durante el año siguiente al hecho causante acredita carecer de rentas, podrá instar nueva solicitud que será aprobada con efectos del día siguiente a la misma si cumple los otros requisitos" ¿eso que significa que tengo que esperar un año para volver a solicitarlo. ? ¿Y tengo que volver a cotizar 90 días? Sl2, muchas gracias.
#43

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

No, lo que quiere decir es que puedes volver a pedirlo y cobrarlo en cualquier momento dentro del próximo año.
Si supieras rentas durante más de un año es cuando tendrías que volver a trabajar 90 días.
Si no superas rentas, tienes 30 días hábiles para poner la reclamación, procura aportar toda la documentación de los ingresos que tengas

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#44

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

Muchas gracias, franjgr, es que no entiendo por qué me la deniegan, mira mis ingresos son una pensión de incapacidad permanente total de 555,42 x 14 pagas son 7775,88 dividido entre 12 son 647,99, luego tengo un depósito en pibank que renta 530 brutos al año, que son 44,16 al mes sumado a los 647,99 hacen 692,15, como ves no superó los 712,50, así que no lo entiendo. Aunque sospecho lo que ha podido pasar, pibank paga los intereses cada 3 meses, seguro que han sumado el importe de esos tres meses (que son 105 )más la pensión y así, si lo supero y no han caído que ese recibo es de tres meses.  . ah! Coger cita es imposible les he escrito en la pre-solicitud lo sucedido y ruego que lo rectifiquen, aunque me parece que no va hacer tan fácil. Sl2. 
#45

Re: Carencia de rentas subsidio 52 años. IRPF

No creo, salvo que alguien vea muy claro que hay un error y lo corrija, sino la presolicitud no va a llegar al departamento adecuado para las reclamaciones.
Salvo que tu hayas declarado  ese ingreso trimestral el SEPE no tiene forma de conocerlo, ve lo que aparece en la declaración de renta que son cantidades anuales, así que se me antoja complicado que venga de ahí. Mira la declaración de renta a ver que cantidades tenías en 2020
¿Tienes alguna propiedad inmobiliaria al margen de la vivienda habitual?

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