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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#16591

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Emilio, desde hace unos cuantos años el silencio administrativo, tal y como se conocía antes, dejo de existir por sentencia del tribunal supremo. Ahora están obligados a contestar siempre a todas las reclamaciones, solicitudes, etc. 
Otra cosa es el tiempo que tarden en hacerlo, en la situación actual se están amparando en que están saturados para demorar las respuestas más y más.
Cuando pasaron los famosos 45 días hábiles para contestar estuve en el INSS y me dijeron que un año de espera para resolver una situación como la mía. He ido varias veces más y siempre lo mismo, un año 
Mientras no tenga respuesta puedo demandar en cualquier momento, ahora sí, en el momento que respondan, si es deses imada , tengo 30 días para demandar, si no lo hago queda archivado el tema.
Un saludo 

#16592

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias por contestar en este y en el anterior mensaje. Joder, me has dejado de piedra con lo del tiempo de espera.
Mi abogada me dijo que llegado el caso pidiera la baja (nueva) a mi psiquiatra y que también tenía 2 meses por vacaciones no disfrutadas.
Ahora ya se lo dejo todo en sus manos, en este sentido me tranquilizó bastante, aunque tal vez no lo suficiente ya que una tarde más por aquí me tienen 🤣🤣
#16593

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José Luis lo malo de esperar a su respuesta para iniciar los trámites del juicio es que después tienes que esperar un año o más para la fecha del mismo. Cuando yo fui al inss en Cádiz para ver que pasaba con mi reclamación de alta ellos mismos aconsejaron iniciar trámites y di después respondían favorablemente pues retirar demanda. Los trámites llevan mucho tiempo como para esperar a sus repuestas, es mi humilde opinión.
Un saludo 
#16594

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Tienes toda la razón Moon, no demande en su día por decisión propia, tampoco esperaba que iba a demorar tanto.
Probablemente metí la pata en su momento, pero ya dejé pasar el tiempo y nunca lo llegué a hacer.
Ahora, con situación actual de demoras y los nuevos informes con agravamientos posteriores estoy más pendiente de decidir si dentro de un año pido revisión por agravamiento o no.
Es algo a estudiar muy bien porque es un riesgo.
De momento a esperar respuesta. Un saludo 😊😊
#16595

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Eso mismo intenté, ya que mi baja era por dolores físicos y me diagnosticaron trastorno de ansiedad y depresión, le dije a mi médica que me diera la baja por esos motivos. Así lo hizo y le llamaron del INSS y le dijeron que no, que no me daban la IT de nuevo. Así que tuve que tirar por otro camino. La cosa es que según el INSS no puedes darte de baja de lo mismo en 180 días, pero sí por otras patologías... en mi caso denegaron todas... yo y mi suerte.. jajaja

Me río por no llorar, en fin... espero que tengas mucha más suerte que yo.
#16596

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Por desgracia ninguno sabemos como es mejor actuar, así que como bien dices habrá que ir viendo como se van presentando los acontecimientos. 
Suerte y a cuidarnos 
#16597

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Eso lo desconocía y mi abogado no me informó de ello. Es más, una de las peticiones de juicio fue por silencio administrativo. De todas formas en mi caso no cambiaba nada y la verdad como dice un compañero por aquí, te ha demorado bastante para presentar la demanda judicial. 
Y sí, en tu lugar, si tienes nuevas patologías o agravamiento, pediría en 1 año pasar la revisión... 

Ojalá, elijas lo que elijas, que tengas suerte.

Un saludo. 
#16598

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

José Luis, me dejaste pensando, y  según las leyes que estoy viendo en las oposiciones que me intento estudiar ("estudio" directamente por leyes y no por temario), sí que hay silencios administrativos y supuestamente todos son positivos, a menos que indique previamente lo contrario... lo voy a buscar, me dejaste con la curiosidad jajaja Saludos
#16599

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Claro Emilio, tu demandas porque no te han contestado pasados los 45 días pero tienen que contestar si o si.
La sentencia fue sobre el año 2016, es un tema que hemos comentado varios usuarios por aquí, la última vez hace varios días.
En mi opinión es un negocio bien montado entre varias partes donde al final siempre pagamos la parte más débil, nosotros.
#16600

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si Emilio, la mayoría de silencios administrativos son positivos menos los del INSS que eran negativos, ahora lo siguen siendo mientras no contesten con la diferencia de que están obligados a hacerlo
#16601

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Joselu, cual es su patología? Por  que punto de expediente de incapacidad llevas?
Por que necesitas saber las patologías de las personas del foro?
Has entrado aquí solo haciendo propaganda de unos abogados.
No has entrado en el foro por tu expediente?
#16602

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 30. Cómputo de plazos.
1. Salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
Los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate y no podrán tener una duración superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días.
2. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
3. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.
4. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.
El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
5. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
6. Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará inhábil en todo caso.
7. La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a su ámbito territorial, a las que será de aplicación.
Dicho calendario deberá publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.
8. La declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo o el régimen de jornada y horarios de las mismas.
#16603

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias José Luis!
#16604

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Emilio.
Te dejo por aquí la sentencia del TC.

 
 La doctrina del Tribunal Constitucional (TC) que establece que ante el silencio de la administración a una reclamación de un ciudadano, no puede luego exigirse a éste que cumpla con los plazos para demandar, dado que la administración está obligada a resolver.

Es decir, que si la administración no resuelve la petición, el ciudadano no puede tener restringido su derecho para demandar en los plazos que establece la ley. Esto lo fijó el Pleno del TC el 10 de abril de 2014 (sentencia 52/2014). 

#16605

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Pablo, habíais comentado algunos lo de esta sentencia y lo había leído en otros foros pero nunca había tenido la oportunidad de leerla.
Muchas gracias 😊😊