Si, si. Hay dos formas de notificación de los organismos oficiales. Son por carta certificada y vía telematica. Normalmente te avisan de que tienes una información telematica por un SMS, pero eso no implica que estés obligado a abrirlo. En mi caso siempre lo hago por comodidad telematicamente, pero en estos casos y sobre todo cuando tenemos unos plazos que cumplir en caso de reclamaciones por disconformidad con posible alta ( la falta del punto 5 famoso) y tenemos que buscar abogado o papeles pára la reclamación, pienso que es mejor empezar con los tramites recopilación de informe de síntesis, cita del abogado ( estamos a fiesta y solo te dan creo que 5 días para reclamación del alta) e informes médicos de posibles pruebas que estamos esperando, pues esperemos a la carta certificada y vamos adelantando trabajo.
Es mi mi humilde opinión, evidentemente cada uno tiene unas circunstancias particulares y por tanto debe de actuar según las mismas
Suerte y salud.