Buenas tardes.
Cuando un trabajador está de baja por incapacidad temporal (IT), la acumulación de días de vacaciones generalmente continúa durante el período de baja. Sin embargo, a partir de cierto momento, la empresa podría dar de baja al trabajador en la Seguridad Social, pero esto no implica necesariamente el fin del contrato laboral.
Durante la incapacidad temporal, el contrato de trabajo sigue vigente, y los trabajadores tienen derecho a acumular días de vacaciones. Esto es aplicable incluso si la empresa da de baja al trabajador en la Seguridad Social por cuestiones administrativas (los famosos 545 días).
En el caso de una prolongación extraordinaria de la incapacidad temporal por parte del INSS, el contrato laboral sigue existiendo, y el trabajador debería continuar acumulando días de vacaciones durante ese período adicional.
Es importante tener en cuenta que las políticas internas de las empresas y las interpretaciones específicas pueden variar (de ahí el conflicto). Si hay dudas o controversias sobre el tema, te recomiendo consultar con recursos humanos de la empresa y/o buscar asesoramiento legal específico para obtener orientación adaptada a tu situación particular.
Un saludo!