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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#2776

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Las vacaciones si no las a disfrutado esas se la tienen que pagar y durante 24 meses nos tienen la obligación de guardar el puesto de trabajo claro lo que le pertenezca no enteras porque los otros 6 meses no los va a trabajar la parte que sea eso sí se las tienen que pagar los días que le corresponda por ley a mi me las pagaron en una liquidación ya que estamos desvinculados con la empresa.pero si el cinvey de la empresa vdectu marido como nos tienen que guardar el.puesto de trabajo si en su convenio pone que hasta los 24 meses  que por ley tenemos que pasar la revisión lo mismo se agarran según convenio y luego es cuando le den lo que le corresponda.pero vamos en mi caso si me liquidaron una miseria pero si me hicieron una liquidación de todo el tiempo wyvlleves ena empresa es lo de las vacaciones me dieron creo que como unos 3000 euros con algo
#2777

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Indiferente que nos la revisen o no Las vacaciones si no las a disfrutado esas se la tienen que pagar y durante 24 meses nos tienen la obligación de guardarnos el puesto de trabajo claro lo que le pertenezca la parte wy sea eso sí de las tienen que pagar .todas son revisables sea el grado e sea otra cosa que nos llamen para que vayamos o no si no citan a revisión seguimos en la misma situación.muy listos la empresa eso por ley de la vacaciones se las tienen y dar como no a trabajo el año si son 6 meses la parte proporcional de julio y de la de diciembre que es lo que le hicieron na mí pero como si nada porque luego en la declaración de la renta se lo e tenido que dar a Hacienda porque este ejercicio si tenía que hacer la declaración de la renta al año que vive estamos exentos.al final es como si no me hubieran dado nada porque el dia 30 de este mes es lo que tengo que pagar.viditris al año que viene si la tienes que hacer porque la incapacidad a sido en junio no el 1 de enero y por esos 6 meses te toca hacerla declarar esos 6 meses nada más 
#2778

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

La liquidación a mi fue por la vacaciones. en mi empresa no tienen ningún tipo seguro hace años lo quitaron los sindicalistas y era una miseria y era solo por fayecimiento 2500 Euros una miseria.hay empresas que si tienen un fondo de compensación no todas pero como Enferdad profesional  pero no por  enfermedad común 
#2779

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Las vacaciones si no las a disfrutado esas se la tienen que pagar por lo menos en mi caso y durante 24 meses nos tienen la obligación de guardar por ley el puesto de trabajo claro lo que le pertenezca la parte que sea eso sí de las tienen que pagar.es ciera todas sin revisables a los 24 meses no te an engañado en eso sí no nos llaman en el aso de tu marido le tienen que dar lo que sea segun convenio.pero Evangelina no te sn engañado lo y te an dicho de revisable es por ley que nos hagan ir a revisión o no eso ya es a criterio del Evi.a no me lo dejo biey claro el inspector que eran todas revisables y que la empresa tiene la obligación de guardar el puesto de trabajo durante 24 meses o que es cuando se supone vamos a revisión
#2780

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Las vacaciones si no las a disfrutado esas se la tienen que pagar pero durante 24 meses nos tienen la obligación de guardar el puesto de trabajo claro lo que le pertenezca la parte wy sea eso sí de las tienen que pagar.es ciera todas sin revisables a los 24 meses no te an engañado en eso sí no nos llaman en el caso de tu marido le tienen que dar lo que sea segun convenio.pero Evangelina no te sn engañado lo y te an dicho de revisable es por ley que nos hagan ir a revisión o no eso ya es a criterio del .no estaba afiliado tu marido algun sindicato o a su defecto el comité de empresa porque muchas empresas ese seguro solo es por fayecimiento es como no se cómo lo tendran ellos.te pongo un ejemplo yo en mi seguro de la hipoteca lo tengo en caso de fayecimiento había otros me a dicho el banco que si me la hubiera cubierto y la hipoteca quedaría pagada.lo que si rescate e rescatado los 2400 euros que tenía del plan de pensiones.paradi de hacia muchos años me lo hizo el banco y luego hacienda me ingresó el dinero los 2400 Euros.eva  si estaba afiliado algún sindicato o tienen comitey de empresa eso te lo tienen que decir u la cláusula que tengan y tú leerla que condiciones o supuesto es ese fondo eso te lo pueden negar lo que esté en convenio o en supuesto fondo de compensación en que casos está o se tiene derecho como Enferdad común o es solo profesional.como te comento en mi empresa los sindicatos lo quitaron y eran 2500 euros y por fayecimiento nada  más
#2781

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Las vacaciones si no las a disfrutado esas se la tienen que pagar pero durante 24 meses nos tienen la obligación de guardar el puesto de trabajo claro lo que le pertenezca la parte wy sea eso sí de las tienen que pagar.es ciera todas sin revisables a los 24 meses no te an engañado en eso sí no nos llaman en el caso de tu marido le tienen que dar lo que sea segun convenio.pero Evangelina no te sn engañado lo y te an dicho de revisable es por ley que nos hagan ir a revisión o no eso ya es a criterio del Evi
#2782

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola al cabo de que tiempo de pasar el tribunal puedes pedir el dictamen  médico.gracias
#2783

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

La liquidación a mi fue por la vacaciones en. I empresa no tienen ningún seguro a no ser enfermedades profesional y a tu respuesta si son revisable o no todas sea el grado que sea por ley aunque no lo.ponga sengun ley artículo x  de la ley orgánica inscrita en el boe con fecha x todas las incapacidades son revisarles en un plazo máximo de 24 meses aunque no lo.ponga en la carta es la ley no recuerdo si lo ponía porque no la encuentro pero la ley es para todos y el inspector me lo dijo claramente que me tenían que guardar el puesto de trabajo durante 24 meses como al igual son todas revisables que nsi me llamaban mejor seguiría en la misma situación por silencio administrativo que tenía los mismos efectos legales.e pedido por internet al INSS que me manden una copia de la resolución para ver lo de revisable más que nada por tenerla
#2784

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yolanda ,en el mensaje de la seguridad  social,te decía el día q te iban a pagar?
#2785

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes a ver si alguien me puede aclarar. Me han concedido la incapacidad con efectos economicos desde 17 mayo. Me pone que el primer pago comprende del 17 mayo al 30 junio. Eso lo cobraré el 25 de junio??? Tambien ponen que pagan el primer dia habil del mes siguiente al mes vencido. Me podeis aclarar el tema porfavor?
#2786

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No eso en cualquier momento no va con el  mes eso cualquier día lo que tarde la orden puede ser  1 dia como 10 lo que tarden en dar la orden de ingreso vel departamento que llevé más cuentas te lo ingresan en tú cuenta bancaria eso no hay ningún día exacto no va el con el mes.de cuando pagan la pensión.lo del pago de eso de al día siguiente del mes vencido eso no tiene nada que ver eso es otra cosa  eso es el pago directo a ti te dan los atrasos lo que te corresponda
#2787

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No me has entendido Sergio , no es n
#2788

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No es un pago directo. Me refiero a la incapacidad permanente. Que dia lo cobro si su efecto economico es del 17 mayo?
#2789

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hay bancos y cajas que la ingresan el 25 y otros el día 1.
#2790

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias simpabb , me pone en la redolucion que es revisable en un año. Es una lotería o fijo que me van a revisar el próximo año?