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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Luis, siento que te haya desaparecido el puñetero punto 5, como has podido leer por aquí no es buen síntoma .
Sobre el punto 1, es oficial cuando abras la notificación, si no la abres entonces la comunicación es oficial cuando recibes la carta.
Sobre el punto 2, si hay que reincorporarse al trabajo aunque pongas reclamación previa.
Sobre el punto 3, ahora no ya que no hay nada oficial, lo tiene que hacer la empresa cuando te reincorpores.
Un saludo
Sobre el punto 1, es oficial cuando abras la notificación, si no la abres entonces la comunicación es oficial cuando recibes la carta.
Sobre el punto 2, si hay que reincorporarse al trabajo aunque pongas reclamación previa.
Sobre el punto 3, ahora no ya que no hay nada oficial, lo tiene que hacer la empresa cuando te reincorpores.
Un saludo