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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenos días Setes00,
La revisión de la Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) se cuenta desde la fecha de la resolución judicial que te otorgó la incapacidad. Esto significa que los dos años se empiezan a contar desde el momento en que la sentencia fue firme, no desde la fecha en que te concedieron la Incapacidad Permanente Total (IPT).
Espero que esta información te sea útil. Si tienes alguna otra duda, no dudes en preguntar.
Saludos.