Mucho entendido veo por aquí jajajajaja, si no tenéis ni idea de lo que habláis, mejor ni comentéis.
Si la pensión de incapacidad permanente se solicita desde una situación de incapacidad temporal, pueden darse diferentes situaciones. En caso de que sea el trabajador quién la solicita, seguirá estando en situación de incapacidad temporal, cuyo pago corresponderá a la Mutua de la empresa o Seguridad Social, según corresponda.
No obstante, si la solicitud de incapacidad permanente se produce por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la incapacidad temporal queda extinguida. En este caso, el trabajador debe esperar la resolución del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).