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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#3796

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ánimo, que ya queda menos. :) 
#3797

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Que tal Maricuelas, alguna novedad del centro base? Yo aún nada, yo creo que esta vez se lo toman con bastante calma. 
👍👍
#3798

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

FELICIDADES  ,me alegro
#3799

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Nada de nada,  lo veo muy mal,  en cuanro tenga alguna novedad te digo pero pienso en lo peor,  con tantos recortes en Madrid,  mal.. Mal.. Mal,  yo ya me conformo que nos  dejen como estamos 
#3800

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pienso lo mismo que tú, que al menos nos dejen igual como estamos, como se suele decir, virgencita, virgencita que me dejen como estoy. 😞😞🤞🤞🤞🤞
#3801

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Deberían, de darnos lo que nos merecemos 
#3802

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días,
Tengo una duda… justo ayer ( 26/8/2022) recibí el SMS confirmando la Incapacidad Absoluta y la notificación digital.
Cuando puedo esperar cobrar el primer pago y los atrasos? Hay algun link para saberlo?
Muchas gracias de antemano!
Un saludo
#3803

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Lola yo lo que entiendo que a partir de la fecha 9/8/22 de revisión te pueden llamar o no y que si no  te llaman a revisión tienen 135 días hábiles para decir y tienes y si no te contestan es silencio administrativo tienes luego 30 días para poner una demanda ante el juode lo social.es lo que entiendo vamos que si no te llaman de ma fecha de la carta tirnes que contar 135 dias hábiles y di no te contestan es silencio administrativo y tines los 30 días famos para poner una demanda judicial.es lo que yo entiendo después de leerla diez veces.esfate atenta que está gente lo arregla todo con silencio administrativo porque siendo ya mismo la revisión lo normal es que te pudiera directamente que x dia tienes que ir a revisión a la inspección ya directamente es lo que yo entiendo después de haberla leído diez veces aunque luego al final pone que te citarán es un poco contradicción con los 135 días pero ya nos contarás
#3804

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Felicidades, la verdad es que no lo se, pero espero que sea lo antes posible. Ahora intenta centrarte en ti y en mejorar. 
Un abrazo 
#3805

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola. Recibi el alta por parte de la mutua el dia 3 de Junio  de un accidente laboral en marzo, despues de una recaida de mi lesion el 25 de abril, hable con el doctor y el me dijo que no me iba a derivar al ICAM,  con una prueba biomecanica favorable hacia mi persona, con una perdida de fuerza y agarre de mi mano dominante la derecha del 80 por ciento, el dia 5 de mayo. 
Ya que el no me derivo al ICAM por incapacidad permanente, fui yo el que la presentó el dia 2 de Junio y desde entonces esta en el punto 1.
Me quede sin trabajo el dia 31 de mayo, y la mutua no me dijo nada del pago directo y el 3 de Junio me dio el alta sin demostrarme que estoy recuperado.
Mi pregunta es la siguiente: ¿ puede darme la mutua el alta, cuando yo he solicitado la incapacidad permanente total el dia 2 de Junio ? LLevo entonces sin cobrar y creo que me pertenece el pago directo desde el 1 de Junio hasta que el EVI me de una resolucion y el alta del 3 de junio deberia quedar anulada.

Gracias por vuestro apoyo.
#3808

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Así es. La empresa no te puede despedir mientras estés con la baja al no ser que se te cumpliese el contrato y entonces no se te puede renovar. Si es esa tu sitúacion una vez que se terminará el contrato tendrías que seguir cobrando hasta que la mutua te diese el alta. Al ser tu quien has solicitado la incapacidad ellos te pueden dar el alta cuando ellos crean que estás recuperado. Pero siento decir que si te dan el alta ya no vas a cobrar nada. Lo único que si tienes paro o alguna otra ayuda mira ver si la puedes cobrar. El proceso de la incapacidad es muy largo y no se si te podrás permitir el lujo de estar sin trabajar. Tu caso es un poco complicado, pero bueno te deseo todo lo mejor, aunque si la mutua no te da informes que sean positivos hacia ti lo tienes muy complicado que te la concedan. Mucha suerte y ánimo.
#3809

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Siendo accidente laboral, la mutua puede darte el alta cuando crean conveniente y no tiene nada que ver que hayas solicitado la incapacidad.
#3810

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Estoy de acuerdo en este caso no corresponde ningún pago directo ningún tipo de ingreso económico.lo unico como bien dices si puede cobrar el paro  si es queome corresponde o como bien dices  también comentás una ayuda pero el pago directo no le corresponde.y el proceso de la incapacidad ya es cuestión del EVi de conceder una incapacidad favorable o desfavorable.wue en este caso es muy difícil o casi imposible que sea una incapacidad permanente sea favorable.hojala  nos equivoquemos pero creo que lo vas a tener un poco complicado.suerte