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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#9136

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola tod@s.

Después de leeros durante varios días y de tomar nota de la información que por aquí va apareciendo, me he decidido a comentar mi caso por si a alguien sirve de ayuda o de referencia con respecto a su caso.

De Madrid. Baja por enfermedad común desde el 21 de marzo. Pasados los 12 meses, SMS del INSS para que me presente el 3 de mayo para “Inspección médica”. Tras esa visita nuevo SMS indicando que “en base al último reconocimiento médico de incapacidad temporal, se propone inicio de expediente de incapacidad permanente”.
Accedo al registro telemático de comunicaciones y recibo una notificación que se resume en el siguiente texto:

“Una vez agotada con fecha 20-03-2023 la duración máxima de 365 días de la incapacidad temporal (IT) que tiene usted reconocida, el director/la directora provincial de este Instituto ha resuelto en fecha 11-05-2023 extinguir la situación de incapacidad temporal con fecha 20-03-2023 e iniciar un expediente de incapacidad permanente, de acuerdo con los artículos 170.2 y 174.4 de la Ley General de la Seguridad Social.”

El mismo día y una vez descargada esta comunicación accedo a “cómo va mi prestación” y me aparecen los tres primeros puntos concluidos quedando pendientes los 5 restantes (8 en total). Cinco días después, 17 de mayo, remito a través del registro el FORMULARIO DE DATOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE que me solicitan. Ayer día 25 solicito informe médico de síntesis. 
Y a esperar…

Un saludo a todas y a todos. 
#9137

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ya comenté tiempo atrás, que ahora no tiene que ver nada donde pases el reconocimiento médico. A mi me explicaron que ahora los expedientes pueden caer en cualquier provincia y que según donde caigan se resuelven antes o después.
Que eso cambio a raíz del COVID. 
Antes si la pasabas por ejemplo en Madrid se resolvía en Madrid pero ahora la puedes pasar en Madrid y se puede resolver en Murciá. 
#9138

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tarde soy de la sierra de Cádiz como puedo hablar contigo en privado
#9139

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días, tengo una Incapacidad permanente total. Es compatible la pensión de ella, con el pago de un alquiler? Gracias. 
#9140

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días, tengo una Incapacidad permanente total. Es compatible la pensión de ella, con el pago de un alquiler? Gracias. 
Quiero decir con el ingreso de un alquiler.
#9141

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Eso lo desconozco, así que si te lo dijeron será verdad. No puedo opinar al respecto.

De lo que si que puedo opinar, porque conozco los casos muy de cerca, es de una empresa que en los últimos dos años (post-covid) ha tramitado 7 incapacidades, (que no son pocas) ninguna a la vez, han ido viniendo en meses diferentes. Todas se han tramitado en la misma provincia y los periodos de tiempo en llegarte el apto/no apto de la SS han ido de 20 días a 45 días el que más. 

Mismas enfermedades en otra empresa de la misma provincia llevan un año esperando...

Mucha casualidad no? 
#9142

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

por supuesto que es compatible y no tienes ningun problema
#9143

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

hola buenas hay alguien de barcelona que nos recomiende algún abogado , ya nos ha llegado el sms denegando y en cuanto llegue la carta tendremos que reclamar etc ! gracias
#9144

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Joank, cómo bien dices claro que es un alivio saber que te han dado una incapacidad,  porque es muy jodida la espera estándo enfermo pensar que te la puedan denegar y tener que trabajar sin poder. Y respecto a lo de descansar es verdad que de vez en cuando se viene a la mente, pero tampoco vamos a vivir obsesionados. Que sea lo que Dios quiera, un saludo.
#9145

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Claro que es compatible, nada tiene que ver una cosa con otra, la IP digamos que se concede en suplencia del trabajo que ya no puedes realizar
#9146

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Es que he leído que no se pueden superar unos ingresos o se pierde la pensión, lo que no sé es la cantidad 
#9147

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

En España, si recibes una pensión de incapacidad permanente total, puedes trabajar y tener ingresos siempre y cuando no superen el salario mínimo interprofesional anual establecido cada año. En 2021, el salario mínimo interprofesional anual es de 9.907,80 euros. Si tus ingresos superan ese límite, podrías perder la pensión.  Esto es lo que he leído 
#9148

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Entonces nadie trabajaría con una total, porque vamos superaría todo el mundo el porcentaje, yo creo que hay mucho bulo en internet, y antes de dar una información hay que mirarla bien porque puede dar lugar a confusiones y que la gente se lo tome a pecho 
#9149

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si si pero es que yo el primero que me lo denegaron lo pase en octubre, me cerraron expediente, en enero me lo vuelven a abrir me hacen pasar el tribunal nuevamente el día 14/03 a día de hoy expedienté abierto en enero, sigo con solo 4 puntos concluidos de los 8, encima cobrando una miseria sin poder trabajar el resto de mi vida, que agobio deberían facilitar las cosas, en cambio mi madre hace un año lo paso y en menos de un mes ya tenia resolución, van arrastrando retraso por el COVID más las huelgas y quien pagamos el pago?los que estamos fastidiados…en fin paciencia y mucha suerte a todos 
#9150

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, 
Tengo un familiar con IPT, su pensión es con complemento para poder llegar a la mínima y sin 
cónyuge a cargo. 
Al necesitar complemento, como sabéis, no se pueden superar las rentas anuales en mas de 8.614 euros. Este familiar está pensando en hacer un depósito a varios años para aprovechar la subida de tipos pero no sabe si la Seguridad Social dividiría el total de intereses entre los años del depósito. Por supuesto, presentando la documentación que lo justifique. 
Ni de broma superaría la cantidad permitida.
Esto lo pusieron la semana pasada en el grupo.