Buenos días, el redactar el inicio de actividad fue un empleado de la SS que me remitió un documento para que lo rellenara y lo entregara, con explicación previa del trabajo que realizaba anteriormente o el que iba a desempeñar en el hospital público, me indico que era compatible porque no iba a realizar las mismas funciones…El problema lo he tenido con la baja, que me llego una notificación en la que me indica: “Con fecha 21/02/2023 se emitió resolución del director provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se comunicaba la aprobación de expediente de incapacidad permanente en el grado de TOTAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL con efectos de 17/01/2023.
Con fecha 04/07/2023 se emite parte de baja médica por el Servicio Público de Salud.
Una vez examinada la misma, este Instituto Nacional de la Seguridad Social, HA RESUELTO QUE:
La baja emitida por el Servicio Público de Salud no produce efectos conforme al Art. 174.3, párrafos primero y segundo del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), y en concreto y al tratarse de la misma patología que el proceso anterior, el periodo mínimo de cotización de 180 días se comenzará a computar desde la fecha de la aprobación de la incapacidad permanente, esto es desde 17/01/2023.
Si no está conforme con esta resolución, puede presentar en la Dirección Provincial una reclamación previa a la vía jurisdiccional en el plazo de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de recibir esta notificación, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE del 11/10/2011).”
Anteriormente a la baja no me notificó nada la SS y no obtuve noticias. Al día siguiente de recibir esta notificación me llaman del hospital para comunicarme que tengo que incorporarme a mi puesto de trabajo ya que me han dado al alta y que las nóminas cobradas, las tendría que devolver… a los dos días me vuelven a llamar del hospital y me dicen que me tengo que esperar a que la SS determine una solución, que hasta que no haya una resolución no me pueden decir nada, si tengo que incorporarme, renunciar el contrato…
He cogido cita telefónica con la SS y tampoco me aclaran nada al respecto, no me dejan nada claro…
Que sería lo más probable en este caso?
Seguir trabajando y perder la pensión?
Si renuncio al contrato me retiran o no la pensión?
Muchas gracias.