Buenas, me concedieron la IP para mi profesión habitual, auxiliar de enfermería en geriatría. Me informe en la SS para saber si podría trabajar en un hospital público, ya que las funciones que realizaba en la residencia no tenían nada que ver con las que realizo en el hospital, no compromete en principio mis limitaciones por la que me conceden la IP ya que me adaptan el puesto de trabajo. En la SS me dan un documento para rellenar y entregarlo: “Comunicación de inicio de actividad”, la persona que me atiende le explico todo detalladamente y me dice que puede compatibilizar la pensión con dicho empleo público. Me encuentro con el inconveniente que tengo que coger baja médica por otro motivo por el que NO me concedieron la IP. Me llaman del hospital indicándome que se me da alta porque es el mismo motivo de baja que me ocasionó la IP. La SS no me dice nada, en el hospital lo mismo me dicen que puedo seguir trabajando, o bien, renunciar el contrato, no se aclaran. ¿Es posible que me retiren la IP aunque siga trabajando o tendría que renunciar? No entiendo nada 🤷♂️