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Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

45 respuestas
Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia
Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia
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#31

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Espero que sí.
Ya nos contarás.
Suerte. 
#32

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Gracias Angelneu, ya comentaré como acaba.
#33

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Hola, una cosa te quería comentar tú sabes si para el cómputo anual de rentas se suma el importe de este ingreso extraordinario que tuve con los otros ingresos, y se divide por 12.
O el importes de este ingreso no se tiene en cuenta para el cálculo por haberlo declarado y suspendido un mes.
Ya que si tienen en cuenta esta cantidad sumada al resto de ingresos dividido por 12 me pasó del 75 % de SMI.
Y Si es así me lo suspenden durante un año, y al cabo del año puedo solicitarlo de nuevo ?
Gracias.
#34

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Hola, 
Te adjunto captura de pantalla de lo que dice la normativa sobre esas rentas.
Entiendo que solo se tendrían en cuenta el rendimiento mensual efectivo, o en su caso, el rendimiento presunto.
Con respecto a lo segundo,   el subsidio se extingue en cuanto lleve doce meses suspendido,  por lo que ya no es posible reanudarlo,  habría que solicitarlo como uno nuevo, por lo que tendrías que encontrarte nuevamente en alguna de las vías de acceso y el cumplimiento de todos los requisitos.
#35

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Gracias por responderme, lo que no acabo de entender es si el importe de este ingreso extraordinario se tiene en cuenta en su totalidad sumandolo al resto de ingresos, es decir si el ingreso es de 5000 y los otros ingresos que tuve son otros 5000 si me suman los dos importes y lo dividen por 12 me sale que es superior al 75 %, si no me suman estos 5000 extraordinarios no me pasó.
En este caso resultaría que cualquier ingreso extra de más de 10000, significaría la extinción del subsidio.
#36

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Si los dos ingresos extraordinarios coinciden en el mismo mes (de fecha a fecha) los sumarán, en caso contrario cada uno es un ingreso puntual que por si solo no supone la suspensión del subsidio.
El subsidio se extingue si está suspendido un año por superación de rentas, si se superan rentas un mes y no el resto del año sólo se suspenderá un mes. En principio da igual el importe del ingreso puntual es un ingreso de un mes y no de los demás, solamente hay que tener en cuenta que ese dinero producirá un interés presunto del 3% anual en los meses siguientes lo que podría impedir la reanudación si se siguen superando rentas.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#37

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Solo sería un ingreso extraordinario, los otros serían ingresos pequeños a lo largo del año, entonces lo ves como yo,  estos 5000 no se tendrían que dividir por 12 y sumarlos al resto de ingresos mensuales verdad.
Entonces tendría que alegar esto, que no se tienen que tener en cuenta estos 5000 del ingreso extraordinario ya que solo corresponden a este mes.
#38

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Es así, pero mucho ojo, porque si tienes muchos ingresos pequeños durante el año el SEPE puede considerar que es una renta periódica y no un ingreso puntual. No hay nada escrito de a que cantidad o importe se cambia de un criterio al otro, cada provincia, oficina o incluso gestor puede tener un criterio diferente.
Si se considera una renta periódica, el límite es de 750 euros al mes y no de 9000 que es el límite en un ingreso puntual. Eso quiere decir que si tienes 4 ingresos mensuales de 3000 euros al año y el SEPE los considera ingresos puntales ninguno de ellos supone, por si solo la suspensión del subsidio y sigues cobrándolo con normalidad, pero si el SEPE los considera renta periódica, cada ingreso correspondería a 3 meses, por lo tanto se tendría un ingreso de 1000 euros al mes durante 12 meses, se superarían rentas un año entero y pasamos de cobrar el subsidio todo el año a no cobrarlo y además suponer la extinción del subsidio sin posibilidad de ser reanudado.
Por lo tanto, es conveniente no abusar de los ingresos puntuales.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#39

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Muchas gracias franjgr, por la información.
#40

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Hola franjgr, pues volviendo al tema de la suspension que recibi del SEPE, presente alegaciones comentando que el ingreso extraordinario se correspondia solo al mes de la venta y que ya les comunique este ingreso y me suspendieron ese mes, y segun me dicen su criterio es que me suman los 5.000 de ingresos por venta de fondos y demas a los 5.000 del ingreso extraordinario de la venta y lo dividen por 12 y claro sale que me paso del 75% del SMI.
Y me devuelven el importe de este mes que me sustendieron y yo les tengo de devolver por cobro indebido todo lo cobrado en el año 2021.
Tienes algun texto oficial del SEPE en el que ponga el criterio que siguen para calcular el tema de un ingreso extraordinario.
Esto me lo han dicho por telefono y mañana tengo que pasarme por la oficina para acabar de comentarmelo, y seria para enseñarles el texto en el que pusiera lo del ingreso extraordinario que este importe no se tiene que progatear por 12 mese ya que solo corresponde a un mes, segun yo lo tengo entendido.
Les llevare la declaracion  de renta del año 2021, que ya tengo presentada, en la que no me paso del 75% del SMI.
Muchas gracias.
#41

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

En el  Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo, en su artículo 7 dice " Si las rentas se obtienen en un pago único, se computarán las obtenidas en el mes anterior al hecho causante del subsidio, o al de su solicitud, computados de fecha a fecha, o durante su percepción, prorrateando su importe entre 12 meses ". Para más detalle, el sepe tiene una instrucción de rentas que puedes consultar aquí https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/Instruccion_de_rentas.pdf en la instrucción quinta (página 18) puedes encontrar la imputación temporal de las rentas, aunque leyendo todo el texto puedes encontrar varias referencias a la forma en que se deben imputar la rentas
Concretamente en esta instrucción quinta  en su apartado c) se dice que las rentas percibidas en una pago único se imputan a la fecha de su percepción efectiva, no a todo el año.
Este criterio de imputación de rentas implica la extinción del subsidio porque un subsidio suspendido 12 meses por superación de rentas es causa de extinción, no tiene ningún sentido.
Todo esto salvo que hablemos de un subsidio del régimen agrario que tiene otra normativa diferente en muchos aspectos.
 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#42

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Te agradezco mucho tu pronta respuesta.
En el apartado C después de la coma de que se imputará a la fecha de su percepción efectiva pone también prorrateando su importe entre 12 meses.
Se deben acoger a este párrafo para su criterio de que se debe también prorratear por 12 meses, la verdad es que no queda muy claro.
Entoces como lo ves,  podría plantearme hacer un recurso al juzgado de lo social, o no vale la pena porque seguramente les darán la razón al SEPE.
El subsidio es el de mayores de 52 años.
Tienes constancia de alguna sentencia al respecto.
#43

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

No conozco ninguna sentencia, porque no conozco a nadie que haya tenido que llegar al juzgado, pero seguro que algún caso hay.
Se deben de acoger a ese precepto pero malinterpretándolo. 
En primera instancia quien te atiende es un administrativo, de mayor o menor categoría y con más o menos conocimientos, pero su trabajo es administrativo, no el interpretar leyes y se producen errores. Antes de ir al juzgado, es obligatorio hacer una reclamación previa ante el mismo SEPE, esa reclamación la resuelven abogados, interpretadores de las leyes y lo más probable es que te den la razón.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#44

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Buenos días franjgr.
Te comento que ya hice la reclamación previa y me ha sido desestima, según me pone en la resolución las ganancias patrimoniales incluyendo los 5000 € de la venda de un terreno me las dividen por 12 y me lo suman a los rendimientos de capital y como el resultado sobrepasa al 75 % de SMI, me suspenden el subsidio durante todo un año.
Ahora solo me queda formular demanda ante el juzgado de lo social, que según tengo entendido, sino corrígeme no es necesario abogado, es decir que podría presentarla yo.
No sé si tendrías o podrías pasarme un enlace dónde poder mirar cómo estructurar dicha demanda.
En la reclamación previa les puse qué es debido a un ingreso extraordinaria y que ya se me suspendió durante un mes el subsidio, que al ser un ingreso de un mes concreto, solo correspondería a ese mes y no lo tendrían que prorratear por doce, que sin ese ingreso el resto prorrateando no me pasó del SMI., pero ni caso ellos me lo prorratean y entonces si que me pasó.
Y respecto al mes que me suspendieron me dicen que no tenían que haberlo suspendido y que proceden a reintegrarme lo.
En fin aquí la cuestión está en que si este ingreso extraordinario lo tienen que prorratear o no.
Te agradezco tu respuesta.
Saludos.
#45

Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia

Siento no poder ayudarte más allá, el tema de los juzgados lo desconozco casi por completo 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

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