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Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio

5 respuestas
Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio
Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio
#1

Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio


En Enero con la subida previsible del SMI mis rentas no superaran el máximo exigible para solicitar la ayuda mayores de 52 así que lo haré.
Pero tengo unas letras del tesoro que su vencimiento es en Marzo, serían 450€. El sepe cómo considera este dinero?. Lo divide entre 12 y lo suma a las rentas que ya tengo; con lo que me pasaría y me lo quitarían o me penalizaría un mes y podría seguir manteniendo el subsidio?
Estoy pensando la posibilidad de venderlas antes de que acabe el año, así no me computarían teniendo ya el subsidio, estoy acertado?
Gracias




#2

Re: Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio

Ojo con la ingeniería que es muy difícil tener en cuenta todo al céntimo.
Lo primero está dando por supuesto una subida del SMI que está negociándose y queda poco de año, puede que tarde más de lo que planea o ser inferior.
Lo segundo ¿cuál es la causa de acceso a un subsidio? si fue hace tiempo ha tenido que permanecer inscrito como demandante de empleo ¿y la situación de acceso? si es cumplir los 52 no hay problema, pero si cumplió 52 años hace más de un año y no lo solicitó por superar rentas se encontrará con la denegación del subsidio por superar rentas durante más de un año. Incluso no estoy seguro de si el año superando ingresos influiría incluso antes de los 52, tendría que mirarlo.
Esas letras del tesoro ¿durante cuanto tiempo las ha tenido? si fue un año, es correcto dividir entre 12, en caso contrario deberá dividir entre el número de meses que las ha tenido. En caso de que con esa renta superara el límite le revocarían el subsidio (como si nunca lo hubiera pedido) y le obligarán a devolver el dinero percibido ya que superaría rentas desde el primer momento (las rentas son durante el tiempo que ha tenido esas letras).
Por último, hay que cumplir el límite de rentas durante un mes de espera entre el paro y el subsidio, esto está relacionado con la causa de acceso, si ya cobró un subsidio ya lo hizo y no tiene problema, si acaba ahora el paro, pues tendrá que esperar un mes desde que esté por debajo del límite de rentas y ahí es donde entra la fecha en que venda las letras, debería esperar un mes desde que las venda, salvo que haya hecho un mes de espera previamente.


"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio

Hola, franjgr. Quería consultarte mi caso. Aunque creo por los foros que se ha tratado varias veces. Mi pareja (gananciales) tiene que hacer la D.A.R. en un par de semanas. Tengo unas dudas ya que en 2023 hice cuatro inversiones en Letras del Tesoro a 3, 6, 6 y 9 meses, generándome (con redondeo) 300 €, 400 €, 700 € y 1000 €, respectivamente. ¿Crees que debo dividirlo entre sus respectivos plazos y luego entre 2 o lo conveniente es sumar todas las cantidades y dividirlo entre 12? En ambos casos las cifras que me resultan son en torno a los 1ieno y pico €. A eso le he sumado la mitad de los intereses de una cuenta (200 € dividido entre 12) y otros 60 € de sumar 3 depósitos de 4 meses (dividido su total entre 12). Me surgen dudas con lo de comunicarlo al SEPE ya que en otros foros aunque no superes los 850 € (en el caso de mi cónyuge creo que no llega a los 200 €) comentan que te pueden suspender el subsidio. Como te comentaba arriba no sé si cuando haga la D.A.R. pedir cita presencial y llevar los papeles (no tengo nada que ocultar) pero tengo miedo a que me recriminen el no haberlo comunicado. Pero, por otro lado veo en algunas normas del SEPE que se debe comunicar cuando se supera lo del 75 % famoso. ¿Qué me aconseja?  ¿Ir presencial ya arriesgarnos a que no toque un funcionario pejigero o hacerla como el año pasado con certificado digital. Gracias y saludos.
#4

Re: Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio

En la Ley de infracciones y sanciones sólo se refleja como sancionable el no comunicar las situaciones de suspensión o extinción cuando se ha generado cobro indebido.
Entonces ¿cómo le van a sancionar si la Ley no lo establece como sancionable? Da igual que le digan que tiene que comunicarlo todo y de forma exacta, aunque no lo haga no le pueden sancionar siempre que no haya causa de suspensión o extinción.
La forma correcta de contar los ingresos de las letras del tesoro sería como pagos únicos, dividir entre 12 y el cociente imputarlo al momento de las venta.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio

Gracias de nuevo. Pero me surge una duda, aunque ya lo digo que ko me repercutirá por las mínimas cantidades. Si divido entre 12, ¿esa cantidad se tiene en cuenta ese mes o los 11 anteriores? Lo digo por sumar los poquitos si se superponen cantidades en varios meses por ser diferentes vencimientos. Es decir, si a mí me han vencido 1 producto en agosto, 2 en noviembre, 1 en diciembre, 1 en enero, 1 en marzo y 1 en abril, (son tantos porque son reinversiones según van venciendo), justo antes de presentar la D.A.R. tengo que hacer la división entre 12 y tomar como referencia el del vencimiento y los anteriores, según su plazo, y sumar las cantidades que coincidan en un mes, en cualquier caso, lejos de los 850 €. Gracias y perdón por la extensión y/o lo farragoso de mi exposición.
#6

Re: Letras tesoro vencimiento superar renta mayores 52 - Subsidio

Los pagos únicos se dividen entre 12 y el cociente se imputa sólo al momento de la venta.
Las rentas periódicas se dividen entre los meses en los que se han generado y el cociente se imputa a cada mes en los que se ha generado (y además lo generado en cada mes se imputa al mes siguiente).
Ejemplos de pagos únicos serían las ventas de cualquier producto (acciones, fondos, propiedades inmobiliarias, pero también por alguna razón que se me escapa, las letras del tesoro) o los premios.
Ejemplos de rentas periódicas son los alquileres, intereses de cuentas, depósitos...

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos