Hola charlotte, vamos por partes como decia el amigo jack:
Tema bonificaciones en cualquier empresa por una incapacidad, que es el tema que mas me interesa y ademas me influye, porque soy trabajador activo con IPT y sin grado discapacidad concedida en la comunidad:
Ese enlace de campmany lo habre leido 10 veces minimo ya ,y hace bastante tiempo y es el que mejor lo explica, pero en ningun momento dice que las empresas no obtengan bonificacion por contratar a un trabajador con incapacidad, Es mas lo que dice es que a efectos laborales, tiene el mismo trato que un discapacitado, exactamente el mismo... Asi que permiteme que dude de la bonificacion a la empresa, yo creo y digo creo porque no estoy seguro ( dudo , luego existo) que esa reforma de la ley 2023, fue porque las empresas debido a la sentencia del tribunal supremo del 2018 dejaron de equiparar derechos INCAPACIDAD VS DISCAPACIDAD , y por tanto las empresas empezaron a echar a INCAPACITADOS, ya que dejo de haber bonificacion por ellos,,,,
De ahi la nueva reforma donde equipara solo a efectos laborales (Los fiscales nunca se perdieron), entiendo que para que vuelvan a tener esa bonificacion las empresas y fomentar el empleo de incapacitados. Sino esta claro que esas empresas preferirian DISC que INC. Y vuelvo a decir , en mi caso estoy en un C.E.E y el requisito imprescindible para entrar es tener el 33% ,y yo lo tengo a efectos laborales, sino no habria entrado....
Por otra parte, por supuesto que puede ser cualquier empresa la que tenga bonificacion al contratar a una persona con el 33%, no tiene porque ser un C.E.E
De todas maneras como tengo acceso a preguntar al C.E.E donde estoy, intentare preguntarle discretamente, si tienen o no bonificacion en las cuotas seg.social por mi... Y si tengo que darte la razon, te la dare, no lo dudes...
Y referente a ese minimo que indique para una TOTAL, sigo manteniendo que en ningun caso va a cobrar por una IPT contributiva menos de 572 euros, tu nombras cifras anuales, pero si haces el calculo 700 euros de IT, el 55 % serian 300 y pico en ningun momento llega a esas cifras anuales que comentas....Por lo tanto cobraria los 572 como minimo, en lo que si apuntaste y tienes razon es que el complemento a minimos se aplica con la suma de todos los conceptos (hijos incluidos) y creo que tambien con las revalorizaciones, No es consolidable por asi decirlo.
Y disculpa por haber confundido tu nick con genero masculino,, Debe ser porque soy fan incondicional del maestro Chaplin.
Un saludo y perdon por el ladrillazo