Gracias por compartir tu experiencia y las aclaraciones sobre este tema. Según lo que comentas y lo que he visto en el foro, parece que la práctica puede variar dependiendo de cómo se gestionen los casos por parte de la Seguridad Social y las recomendaciones de los abogados y asociaciones especializadas.
Es cierto que la resolución de la incapacidad permanente incluye una fecha de revisión para evaluar si ha habido mejorías en el estado de salud del trabajador. Si durante esta revisión se determina que la persona puede volver a trabajar, se le da el alta y podría reincorporarse a su puesto, siempre que no haya pasado el tiempo límite que garantiza la conservación del puesto de trabajo.
Por lo que mencionas, los Campmany indican que si la resolución de alta se produce después del tiempo estipulado (normalmente dos años), la garantía del puesto de trabajo puede perderse. Sin embargo, en algunos casos, para proteger al trabajador, se podría ajustar la fecha de resolución a la de revisión para asegurar que no se pierda el puesto.
Es útil escuchar que la asociación contra el cáncer te haya informado sobre esta práctica, lo que refuerza la idea de que las fechas se pueden ajustar para evitar la pérdida del empleo. Sin embargo, sería bueno escuchar de otros compañeros del foro si han pasado por una situación similar para tener más datos sobre cómo se manejan estos casos en la práctica.
Cualquier experiencia o consejo adicional sería muy valioso para todos nosotros. Un saludo!