Acceder

Herencia y comunicación al SEPE

9 respuestas
Herencia y comunicación al SEPE
Herencia y comunicación al SEPE
#1

Herencia y comunicación al SEPE

Buenas tardes.  A ver si @franjgr que esta muy puesto en el tema me puede contestar. Mi madre dejo en testamento todos sus bienes a partes iguales a sus tres hijos y el usufructo de los mismos a mi padre (régimen de gananciales). Percibo el subsidio mayores de 52 años desde antes del 1-11-2024. Liquidaremos el Impuesto de Sucesiones los tres hijos antes de los 6 meses que marca la ley, pero yo no voy a percibir ningún tipo de renta ni dinero ni incremento de patrimonio ya que el usufructo de los mismos es de mi padre, ni se va a hacer nada sobre dichos bienes mientras mi padre viva  Mi pregunta es ..tengo que comunicar al SEPE este supuesto?. Por ahora lo único que tengo es el testamento. Gracias.
#2

Re: Herencia y comunicación al SEPE

Toda herencia supone dos cambios de cara al subsidio.
1.- La ganancia patrimonial por pasar a obstentar la propiedad de los bienes heredados. Esto lo tiene aunque el usufructo sea de otra persona, porque la propiedad será suya. 
2.- Las nuevas rentas, explicitas o presuntas, que los nuevos bienes lleven aparejadas. Esto no lo tendrá ya que el usufructo es de su padre y no tiene posibilidad de decidir sobre esos bienes.

Al tratarse de un subsidio anterior al 01/11/2024 se aplica la normativa antigua, según la cual el SEPE sólo considerará ganancia patrimonial los bienes líquidos y no los bienes inmuebles, acciones, fondos de inversión...

Las herencias son pagos únicos, por lo tanto, se deben dividir entre 12 e imputar la renta al momento de la adjudicación de herencia. 

Por lo tanto, divida entre 12 el importe del dinero que figure en la adjudicación de herencia a su nombre, ingresado en cuentas o depósitos y si, sumadas a otras rentas, no supera 888€, no hay nada que comunicar al SEPE. En caso contrario debe comunicarlo y el organismo le suspenderá el subsidio y podrá reanudarlo al mes.
#3

Re: Herencia y comunicación al SEPE

Gracias por tu pronta respuesta. En la cc había en el momento del fallecimiento 30.000€. Por lo tanto 15.000€ serían de mi padre al estar en régimen de gananciales y los otros 15.000€ de los tres hijos. Serían unos 5000€ para mí y por tanto no habría nada que comunicar.
Dos dudas más.La primera. Me dices que la legislación que se aplica es la de antes de 1-11-2024 , pero donde puedo verla? Y la segunda, en el supuesto que hubiera que comunicar algo al SEPE sería una vez que se hayan presentado la liquidación del Impuesto de sucesiones? que puede tardar aún varios meses con la burocracia actual . Muchas gracias de nuevo, por tu labor.
#4

Re: Herencia y comunicación al SEPE

El problema, es que no viene en ninguna Ley, la última regulación de este tema están en un oficio del director general del SEPE de febrero de 2024 y no es obligatorio publicarlo, no lo he visto en la página web del organismo. Puede sacarse teniendo el código CSV, pero no dispongo de el ahora mismo.
Si hay adjudicación de herencia, se declara cuando hay adjudicación de herencia. Habiendo más de un heredero creo que es obligatoria. Si no se hiciera entonces con la liquidación del impuesto de sucesiones.
#5

Re: Herencia y comunicación al SEPE

Muchas gracias por tu ayuda @franjgr . Voy a intentar buscar el código CSV en el foro. Creo recordar que por algún sitio lo he visto. Gracias de nuevo.
#6

Re: Herencia y comunicación al SEPE

@franjgr, buenos días, dispones de ese código ya? Es que no lo encuentro. Es que  estoy viendo venir al funcionario de turno que se va a basar en la reforma de 2024. Quiero tener algo legal para poder rebatir ya que según dices se me aplica la legislación antigua y solo sería el dinero( y por tanto no tendría nada que comunicar) y no bienes inmuebles (que si los sumo probablemente llegaría- se valoran por el valor catastral????). La diferencia entre ambas legislaciones estara´publicado en algún sitio?? no 
#7

Re: Herencia y comunicación al SEPE

Lo siento, cuando tuve acceso a este oficio no me acordé y ahora hasta el próximo lunes no sé si podrá verlo.
Voy a intentar probar mañana desde un curso que estoy haciendo, pero al no estar en mi ordenador no sé si podré encontrar este oficio.
No hay ningún sitio en el que se pueda encontrar la diferencia entre leyes, hay un montón de normativa e instrucciones de la normativa antigua y unas instrucciones de la normativa nueva.
#9

Re: Herencia y comunicación al SEPE

Gracias. Pero imposible acceder.... unas veces me dice que el capcha no es correcto, otras que mi nif no esta autorizado...... Ya lo he intentado de todas formas. No hay otra forma que me lo puedas enviar????
#10

Re: Herencia y comunicación al SEPE

Gracias de nuevo.