estas cantidades no te preocupes que no influyen en la concesion o no de una incapacidad sean altas o bajas,creo recordar que tambien tienes que poner los miembros de la unidad familiar con sus ingresos pero es para en caso de concederte una incapacidad aplicarte el irpf que te pertenezca segun la tabla que les facilita la agencia tributaria.ellos no van a comprobar nada ni les importa lo que tu cobres,asi que estate tranquilo en ese sentido
perdona que te corrija pero he encontrado esto: El plazo de revisión es vinculante para todos los sujetos que puedan promoverla, de modo que la revisión no podrá llevarse a cabo antes de ese plazo, salvo en los supuestos siguientes, donde la revisión se puede hacer en cualquier momento:Realización por parte del pensionista de incapacidad permanente, de cualquier trabajo, ya sea por cuenta ajena o propia.Error de diagnóstico. Es decir, haya habido equivocaciones en las dolencias y lesiones del incapacitado.Si concurren nuevas dolencias.
A mí mujer a los 22 días con los primeros 4 puntos le llegó la carta del INSS para que eligiera entre el subsidio de mayores de 52 años o la incapacidad y fue a retirar unas medicinas a la farmacia y ya le dijeron que era pensionista y no pagaba medicinas
si tienes el 1,2,3 y 4 concluidos pasate por la farmacia que tengas mas cerca y con la tarjeta de la ss que te miren si ya sales como pensionista,a mi mujer con los primeros 4 puntos ya salia como pensionista
lo importante noe es que siga el 5,lo importante es que tengas los 8 y el 5 ponga calculo de la pension,si es asi tienes el 95% de posibilidades de que esta concedida
explicacion correcta a la que voy a sumar una coletilla muy importante como la exencion de declarar las cantidades cobradas del seguro privado en la declaracion de la renta.hablando en cristiano quiero decir que esas cantidades no tributan, no se tienen que meter en la declaracion de renta,digo esto porque hay personas que por desconocimiento el gestor o ellos mismos lo incluyen y los crujen