Te lo digo a título de comentario lo de estar apuntado en el paro,que de hecho nos puede pasar a todos que pensamos que no lo necesitaremos y por sellar por internet cada 3 meses creo que merece la pena hacerlo
por supuesto,pero te lo comento porque los abogados son muy listos y te dicen que van a prepararte la documentacion y solo hacen fotocopias porque alli solo le valen los informes medicos,que de hecho los tienen todos excepto algo que puedas tener privado y cuando la IP es denegada o por ejemplo es total y tu crees que deberia ser absoluta ahi si que ya lo tienes que hacer con un abogado
para la ayuda de mayores de 52 años se requieren los mismos requisitos que para la jubilacion excepto la edad y por lo que comentas no los reunes y vuelvo a recordar para los que lo lean lo importante que es sellar el paro para evitar estopero como lo que te interesa es tu caso,pues hay un subsidio precisamente para personas que le puedan retirar una incapacidad que se solicita en el sepe,son 6 meses a 480€ prorrogable hasta los 18 meses que al menos te "cubre" mientras haces la reclamacion al inss y el unico requisito es estar previamente 1 mes apuntado al paro(el mes anterior)
contratar un abogado para pasar el tribunal medico es tirar el dinero,porque si te dan una incapacidad de oficio se va a llevar el dinero sin hacer "NADA" y lo subrayo porque es asi,de hecho el abogado no puede hacer nada solo tienes que llevar los informes medicos que tengas por si les falta alguno privado y si te deniegan la incapacidad es cuando tienes que buscar un abogado para presentar la reclamacion previa y la demanda judicial si fuera necesario.a partir de aqui cada uno es libre de hacerlo como crea conveniente
por eso si has leido post anteriores donde yo recomiendo seguir sellando el paro por situaciones como la que tu comentas,si has seguido sellando el paro se llama "situacion asimilada al alta" y soluciona estas situaciones
los convenios especiales con la ss los puedes hacer siempre que haga menos de 1 año que has dejado de cotizar y el minimo esta si no me equivoco por encima de los 200€,es cuestion de que hagas numeros dependiendo de los años que te queden para la jubilacion y los años cotizados actualmente,si te sirve como ejemplo mi mujer con 28,5 años cotizados va a cobrar el 88% de la base reguladora.lo explique en otro post con 15 años cotizados cobras el 50% y a partir de ahi miralo tu mismo ESCALA DE PORCENTAJES POR AÑOS COTIZADOSAños de cotizaciónPorcentaje de labase reguladoraA los 15 años | 50%A los 16 años | 53%A los 17 años | 56%A los 18 años | 59%A los 19 años | 62%A los 20 años | 65%A los 21 años | 68%A los 22 años | 71%A los 23 años | 74%A los 24 años | 77%A los 25 años | 80%A los 26 años | 82%A los 27 años | 84%A los 28 años | 86%A los 29 años | 88%A los 30 años | 90%A los 31 años | 92%A los 32 años | 94%A los 33 años | 96%A los 34 años | 98%A los 35 años | 100% estos son datos de la ss
es normal que los funcionarios no informen de la situacion de una reclamacion previa por telefono porque lo prohibe la ley,la ss tiene 45 dias habiles para contestar y lo que suelen hacer los abogados es presentar la demanda judicial antes de que llegue la resolucion en vistas a que casi todas las resoluciones son negativas y en caso (pocos) de que fuera aceptada la reclamacion previa pues retiran la demanda,esto lo hacen asi por si hubiera silencio administrativo no pasarse de plazo para presentar la demanda
no hay un termino medio porque cada expediente es diferente a los demas y cada delegacion provincial funciona segun el personal en que dispone en cada momento y el numero de expedientes que tramita.te recomiendo tener paciencia y no mirarlo cada dia o acabaras de los nervios,aunque se que es complicado.para tu tranquilidad si te puedo decir que tienes un 90-95% de opciones de que este concedida con los 4 primeros puntos concluidos si mantienes los 8 puntos y sobretodo segun las estadisticas a partir del punto 4 suele ir mas rapido que los puntos anteriores porque ya solo te queda el calculo de la pension y la firma por el director provincial del inss
el informe de sintesis lo tienes que pedir en el mismo sitio que hayas pasado el tribunal medico(te lo entregan en mano al momento con el dni) o por internet,si no lo solicitas no hay forma de verlo
mi recomendacion es seguir sellando el paro,es una vez cada tres meses y lo haces por internet que cuesta dos minutos,la vida da muchas vueltas y nunca sabes si en alguna gestion que hagas en un futuro una de las condiciones pueda ser estar sellando el paro.tambien es verdad como te han indicado antes a tu pension no le afecta para nada,tanto si lo sellas como si no lo sellas