ESO ME RECUERDA A LA ESTAFA DE LAS SEMILLAS, COMETIDA POR STAR PINEA Y UN TAL MANUEL GÁZQUEZ EN EL HOYO DE PINARES (ÁVILA) Y HUERCAL OVERA (ALMERÍA).
Además, esta estafa es muy reciente, dado que la Audiencia Provincial de Ávila, condenó, la semana pasada, al "representante del tinglao".
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/06/13/castillayleon/1307976030.html
En su ejecución, llegó a meter por medio instituciones tales como Ayuntamientos, y así el de "El Hoyo de Pinares", el de La Roda de Albacete o el de Valdemoro, colaboraron en la misma.
http://www.nodo50.org/ecologistasclm/ab/noticias/naturaleza/LaRodaPlantar.htm
Y, encima, intentó montar una trama para justificarse, alegando haber sido perseguido por los bancos...
http://www.aviladigital.com/hemeroteca/visto-para-sentencia-el-juicio-por-presunta-estafa-con-semillas-en-el-hoyo-de-pinares-116945.aspx
Estos son los hechos probados (no tienen desperdicio, montó un híbrido entre inversiones y promesas de trabajo, para desplumar a unas pobres amas de casa).
Oigamos a la Audiencia Provincial de Ávila.
El acusado Manuel, mayor de edad y sin antecedentes penales, que ostentaba la representación de la Asociación Cultural “Star Pinea”, y que ésta tenía por teórico objeto social la reforestación de España, ideó con ánimo de enriquecerse a costa ajena el siguiente plan, dirigiéndose al Ayuntamiento de El Hoyo de Pinares, ofreciendo trabajo a personas desempleadas de la localidad, entrando dentro de ese perfil amas de casa, y, en general, aquellas que quisieran tener una ganancia comercializando unas bolsas que contenían semillas de pino y un logotipo de propaganda de la marca registrada “Siembra Tu Árbol”, u otros logotipos.
El trabajo, de las que iban a ser seleccionadas, consistía en cortar unas pegatinas de propaganda e introducirlas en las bolsitas con dos piñones, que se entregarían después al acusado rellenas, por un precio que iban pagando en metálico las seleccionadas, pero siendo acreedoras del importe de su trabajo.
El acusado convenció a las seleccionadas exhibiendo fotografías de personajes famosos plantando los pinos; y el proyecto, según él, sería distribuir las bolsitas en espectáculos públicos, almacenes, competiciones deportivas, etc., cobrando a las seleccionadas 0,75 € por el material suministrado, y vendiéndolas a 1 €.
Las seleccionadas formaron grupos de cuatro, siendo una de ellas encargada de grupo.
En principio, y para ganarse su confianza, el material fue suministrado por Manuel sin coste alguno para ellas, a las que explicó cuál era la forma de trabajo, y después les aportaba el material y les cobraba el precio acordado en efectivo, y sin darlas recibo ni justificación alguna.
Los recibos entregados por las “colaboradoras” que rellenaban las bolsitas, y que eran acreedoras de su importe, se iban entregando a las sucursales de la entidad Banesto y Caja de Ahorros de Ávila en El Hoyo de Pinares, y los Directores de ambas entidades, en principio, recibieron los recibos, descontándoles y abonando a las titulares de los créditos, su importe,
con una comisión por el descuento. Abonaban los recibos descontados porque las “colaboradoras” eran clientes de esas entidades, y les merecían confianza.
La operación en Banesto se realizaba en la c/c de David que cooperaba con ese Banco en captar clientes, y, por ello, la comisión bancaria era menor.
Pero como los recibos aumentaban, y no existían garantías, ni avales, ni una línea de descuento, las entidades crediticias comenzaron a devolverles impagados.
Manuel acudió a esas dos sucursales alegando que los recibos debían ser descontados y abonado su importe a las acreedoras de los mismos, pero no logró su propósito.
Aquí está la sentencia.
http://www.elderecho.com/penal/Audiencia-Provincial-Avila-Sentencia-EDJ_EDEFIL20110614_0006.pdf