La cuestion aqui es que aunque quiera a dia de hoy no puede. Y aunque no hubiese problemas economicamente tampoco esta claro que le dejasen. Porque una de las clausulas del folleto lo dice bien claro. Antes de amortizar debe avisar y aquellos acreedores con preferencia tendran un mes de plazo para oponerse a la amortizacion a no ser que se cumplan ciertos requisitos. Y hoy por hoy la banca no esta por la labor y los requisitos que le permiten saltarse el bloqueo no se cumplen ni de lejos. Por tanto no queda otra que seguir esperando.
Tus cuentas fallan en el "donativo". La retencion a cuenta no es dinero que se queda el banco. Esa pasta te la da a ti. Aunque como es dinero que hay que tributar ya se lo da directamente a Hacienda. Por si a ti se te "olvida".
Inversion- 100000
Plusvalia/Minusvalia en la venta al 85%- -15000
Plusvalia por el donativo- 15000
Plusvalia total en el año- 0
A las plusvalias hay que sumarle los intereses abonados. Pero en esos ya hicieron retencion en su momento. Por tanto la retencion a cuenta del donativo tienen que descontartela o devolvertela.
Ademas, debes tener en cuenta que lo logico es que ocurra esto. Porque si lo que pone el banco no se tributa el resultado sera que recuperaras el 100% del dinero (saliendo sin perdidas) y encima tendras una minusvalia que podras desgravar. No solo no pierdes sino que encima ganas.
¿como se compensa pues esa perdida tan grande en la renta?
Pues sin buscar mucho. Con la ganancia que supone el "donativo" de La Caixa. Porque lo que pone el banco es exactamente (centimo por centimo) lo que palma el vendedor. Si ambos van a rendimiento de capital mobiliario (que eso es lo que no se pero intuyo por lo que otros comentan) se compensan totalmente entre ellos. Lo unico que hay que hacer es presentar la declaracion el año que viene. Los unicos a los que este metodo puede venirles mal es a aquellos que no fuesen a presentar la declaracion por no estar obligados a ello y salirles a pagar. Pues o no la hacen y pierden la retencion o la hacen y pagan lo que corresponda. Para todos los demas sera totalmente neutro. Siempre y cuando vaya a rendimiento de capital mobiliario, como digo.
No vale coger del pacto lo que interesa y dejar a un lado lo que no. Ese interes era parte del acuerdo para prestar el dinero. Pero el acuerdo tambien decia que ellos devolverian el dinero cuando les diese la gana. El que lo quiera antes a vender. No queda otra. Solo que los que compren ahora no se conforman con lo que se acordo en un principio y piden mas. De ahi que paguen menos.
Mejor que consulte en el foro de Fiscalidad. Pero si lo que pone el banco hasta el 100% cuenta como rendimiento de capital mobiliario entonces (a no ser que me equivoque) se puede compensar con las minusvalias de la venta. En un principio hay retencion a cuenta pero en el IRPF esas plusvalias compensarian con las minusvalias de la venta y Hacienda devolveria la retencion.
O eso entiendo yo.
Mira que oportuno. Acabo de ver esto en El Economista:
http://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/4653511/03/13/Santander-lanza-una-oferta-de-canje-de-deuda-por-valor-de-9400-millones.html
Y la imagen del Santander no se resentira en nada.
¿Dañar la imagen de la empresa por ofrecer un canje peor que Telefonica o no amortizar como Endesa? Lo dudo. El Santander se cansa de hacer subastas holandesas y nadie los critica. Su deuda sigue vendiendose a buen ritmo. Otros directamente ni canjes ni leches. Oferta de recompra con quita y el mercado sigue confiando en ellos.
Una oferta es eso. Una oferta. Si quieres la tomas y si no la dejas.