Como te dije en la primera respuesta se refleja automáticamente,al final de la declaración hay un apartado en el cual aparece la cantidad compensada en esa declaración y lo que resta por compensar en los siguientes ejercicios
Debes reflejar todas las perdidas en la casilla incluyendo el crédito subordinado, según consulta vinculante D.G.T V1550-23 o sea crédito ordinario (menos cantidades devueltas) y subordinado.Lo de los 4 años para compensar se refleja automáticamente en la declaración.
Los intereses corresponden a los 200 euros desde la fecha en que se efectuaron los ingresos.Pagué en dos plazos, el 30 de junio el primer plazo 120 euros y el segundo plazo creo que en noviembre a primeros y sale esa cantidad y así viene reflejado en la resolución y en las notificaciones de pago. Por los intereses de los 760€, (6/7€)entiendo que si sería desde 1 de enero,no me merece la pena recurrir
Hola, a ver si tiene explicación lo que me ha ocurrido.El año pasado 9/5 hago la declaración del 22 con resultado a pagar de 200€, luego me entero que puedo declarar unas minusvalías y hago una rectificación el 28/5 con resultado a devolver de 760€.El 17/4/24 se estima totalmente la rectificación y se ordena el pago con los intereses de demora, pero solo de los 200€ ingresados indebidamente (6-7€) y nada de los 760€, entiendo que desde 1 de Enero esta cantidad genera intereses de demora, pero aunque esté en lo cierto, creo que vale más el collar que el perro.
No es mi intención ofenderte, mientras que viva el testador puede hacer lo que quiera con sus bienes, incluso gastárselos, por lo que pone el testamento no tiene ningún efecto y este lo puede cambiar en cualquier momento
Creo que tiene derecho a indemnización Art. 49.1.c). El contrato de trabajo se extinguirá: ( ) c) Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato. A la finalización del contrato, excepto en los casos del contrato de interinidad y de los contratos formativos, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.”
Si estás dispuesto a no obtener indemnización. Hay una clase de despido que es el despido disciplinario y sirve como situación legal de desempleo,. Valoralo