Opino lo mismo, pon la cantidad correcta, teniendolo todo justificado no tiene por que haber problemas.Además, en este caso Hacienda sale ganando, hubiese sido peor si sale perdiendo.Lo que debería hacer el arrendatario es presentar una complementaria y enviarles un escrito explicando lo sucedido detalladamente.
Efectivamente estás obligado a declarar debido a las ganancias de los fondos que mencionas.Los 1.000 euros a los que te refieres son el limite en caso de que no tuvieras ninguna otra ganancia.Es decir, SOLO PENSIÓN=> NO OBLIGADO SOLO 10 € de ganancia en un fondo=> NO OBLIGADO PENSIÓN + 10 € DE GANANCIA EN EL FONDO=> SI OBLIGADO.
En el 303 te deduces los 21€ de IVA y en el IRPF los 100€ de base imponible (el gasto).Los 21€ son pago pero no son gasto.Los 100 euros son pago y gasto..Un saludo,
Muchas gracias por vuestras aclaraciones.Queda claro que lo mejor fiscalmente es que los hermanos renuncien a la herencia, y más aun cuando ninguno de ellos la necesita especialmente.Ahora me surge otra duda, hay un hermano al que le interesa la casa (ya que esta pared con pared con la suya).Teniendo en cuenta esto, ¿la mejor opción sería que la madre hiciera una donación a dicha persona? (Teniendo en cuenta que todas las partes estarian de acuerdo por supuesto).¿Como se haría para calcular el impuesto de donaciones? Leo que se iba a bonificar hasta un 99% el impuesto de donaciones en Castilla Y Leon pero no se cuando entrara en vigor o si ya esta.