Bueno yo pienso que evidentemente debe de estar asegurado pero el calculo de la prima puede ser muy distinto, el riesgo es muchisimo menor si la poliza cubre 2 vehiculos diferentes cusndo solo existe un unico conductor autorizado para conducir ambos vehiculos no creeis , un caso parecido es la prima mas baja que algunas compañias aplican a vehiculos de CONDUCCION OCASIONAL ....todo depende de la voluntad comercial de crear una poliza en esos terminos.
La Banca y su INTRUSISMO si se ocuparan de lo suyo , a la vista esta lo mal que lo han hecho , y dejaran a los mediadores encargarnos de lo nuestro LOS SEGUROS mejor les iria a los asegurados .
Como bien te aseguro Avante el capital asegurado de la vivienda no es el valor de tasacion de mercado sino el valor de reconstruccion de la misma , es mas algunas tasaciones en el resumen ponen valor : Valor de mercado , valor de Reconstruccion y Valor del seguro de hipoteca o algo parecido en su hoja resumen y esto le deberia valer el Director del Banco para cumplimiemnto de la garantia . Tambien si la aseguradora de la comunidad emite un suplemento de poliza poniendo tu vivienda con la correspondiente clausula de cesion de derechos en favor del banco como garantia de la hipoteca estarias mas que cubierto lo que pasa es que el señor director de tu sucursal del banco no sabe y te esta engañando
Calamanda con el Codigo civil en la mano tienes derecho a que el causante te pague todos los daños en tu vehiculo asi como los gastos de curacion necesarios para que vuelvas a estar plenamente curado todo ello por ser un perjudicado y el contrario ser el Responsable Civil , a partit de ahi todo lo que tu aceptes es voluntario . Otra cosa es que si vas a un juicio y si la diferencia entre la peritacion y el valor venal de este la Aseguradora pretenda declararlo siniestro total y pagarte su valor venal y encima tengas un juez injusto que argumente que si te reparan el coche habria enriquecimiento , que puede pasar y de hecho pasa a veces yo , no obstante seguiré exigiendo a mi aseguradora que lo lleve a los tribunales y reparen mi vehiculo .
En cuanto a tus daños personales dererias de estar`plenamente curado y tienes derecho a una indemnizacion por el tiempo que has estado hospitalizado mas el tiempo que hayasestado disminuido en tus facultades aunque estuvieras de alta hospitalaria comprendes , y si te queda alguna secuela permanente que te indemnicen por ella : dolores , cicatrices, alguna merma en la funcionalidad de algun miembro , etc. En caso de haber heridos el propio hospital da parte al medico forense del juzgado asi que puedes contar con el para ayudarte a reclamar y valorar tu lesiones y secuelas
Exactamente lo que es mas interesante es una poliza de Hogar que todos solemos tener contratada en la que figure declarado como contenido el Ordenador portatil y que cubra HURTO , ATRACO Y ROBO FUERA DEL HOGAR ASI NO HAY PROBLEMAS OJO CON EL LIMITE QUE SUELE ANDAR SOBRE 350 O 500 EUROS AQUI NO SUELE HABER FRANQUICIAS
Es como te dice Mclemente Mapfre antes de 15 de junio de 2006 era una mutua lo que quiere decir que los asegurados /mutualistas son propietarios de una parte de la aseguradora , cuando Mapfre acduerda convertirse en Sociedad Anonima deberá de alguna manera indemnizar a los propietarios bien pagando el valor de sus participación en la mutualidad bien dandole acciones de la nueva S.A. y es lo que estan haciendo aunque tu ya no seas asegurado y por tanto tampoco mutualista porque la mutua ha desaparecido conservas ese derecho pues si lo eras cuando se acordo su transformacion .
Acrasol , tu caso es el de muchas aseguradoras en que el perito interpreta las coberturas y he comprobado por desgracia que muchas veces ni tiene el condicionado delante , trabaja para 20 aseguradoras diferentes y cada poliza es diferente ademas muchos peritos no tienen la necesario formacion en seguros ni en legislacion de seguros , no digo que sea tu caso , lo unico que hacen con esta falta de formacion es complicar la vida al asegurado con sus interpretaciones y por desgracia te hablo con conocimiento de causa . En este caso y sin haber leido la poliza de Pepito222 entiendo que hay 2 clases de daños : 1º los daños sobre los bienes de Pepito222 que deberan ser abonados al 100% por su aseguradora porque la cobertura sera al 100% y los daños para reparar las consecuencias del atasco que eso si podra ser repartido entre los copropietarios . En cuanto a los primeros la aseguradora de Pepito pagara el 100% y despues debera repetir si quiere contra los otros 2 coopropietarios o sus aseguradoras, ya esta bien que siempre mediaticen a su propio asegurado exigiendo repercutir esta proporcion a sus asegurados , si pago una cobertura al 100% se me debe abonar al 100% , no se si me he explicado creo que si
Tu , al no tener los contadores centralizados , te afecta la norma 2ª es decir que se considera tuberia privativa desde la llave de paso que corta el acceso de agua solo a tu vivienda para adelante independientemente de donde tengas el contador , lo importante es la llave de paso de tu vivienda
Muy bien dicho Sofise , que puñetera mania tienen algunos peritos de convertirse en juez y parte cuando ellos solo van subcontratados para valorar unos daños y no para interpretar la poliza y sus coberturas
Si el edificio tiene centralizacion de contadores, la comunitaria es hasta el contador, a partir del contador es privativa. Lo que pasa en este caso es que la conduccion privativa va por un espacio comunitario.
Si el edificio no tiene centralizacion de contadores que creo es tu caso , la privativa comienza desde la llave de paso de cada piso. Todos los montantes son comunitarios.
Espero te haya quedado claro.
Esto viene especificado en la Ley de Propiedad Horizontal
Bueno los correos se envian desde un dominio de Ineas o sea que por ahi no se podria probar nada pero lo cierto es que yo he llamado al telefono que facilita Ineas de Internauto para que me realizasen una cotizacion , aunque ya lo tengo asegurado en otra compañia española desde el 24 de julio y solo facilitando mi numero de poliza de Ineas tenian todos los datos de la poliza , lo que confirma la afirmacion de Carlos Avante de que ha habido por parte de Ineas una Cesion del fichero de datos de polizas ILEGAL pues yo desde luego como asegurado no lo he autorizado . Cualquier asegurado puede poner una denuncia ante la Agencia Española de Proteccion de Datos y esta claro que sancionaran al donante Ineas y al Receptor Internauto /Internet Broker