Hola buenas,Os comento, durante unos años he estado incluyendo a mi madre en mi declaración de la renta como ascendiente mayor de 65 años, este año (bueno la del año pasado), veo que supera los 8000€ en rendimiento netos (quitando los 2000€ de gastos deducibles), por lo que, al pasarse por poco de dicha cantidad (poco más de 250€), ya no puedo incluirla para así poder beneficiarme de dicha deducción de la que me devolvían una cantidad (que no es poco). Este es un extracto de la declaración de mi madre: Si es así, es una pena que por esa cantidad ya no pueda deducirme de mi madre.
Duda que tengo con respecto al bono de alquiler joven. voy a alquilar un piso de 800€ con garaje incluido, entre yo y mi novia (por ende, sin tener parentesco de primer grado de consaguinidad o afinidad al no estar casados), ella podría pedir la ayuda al cumplir los requisitos, pero yo no por superar los 35 años (por 1 año tengo 36, aunque tampoco podría pedirlo por sueldo, supero más de 30K aunque no tienen porqué saberlo si yo no lo voy a presentar y además tengo un 7,4% de propiedad por herencia de una vivienda que no influye al tratarse de una parte proporcional).Si figuramos ambos en el contrato (que además sería a través del Plan Alquila), ¿ella puede solicitarla?, ¿de cuanto sería la cuantia? no se divide la ayuda entre los que figuran en el contrato?
inclusive también puedes poner a tu padre, si este no cobra más de 10000€, teniendo en cuenta los 2000€ en concepto de gastos deducibles, por lo que restando dicha cantidad, no debería superar esos 8000€, por lo que en ese caso, podrías incluir a los dos.
Yo estoy en un caso similar al tuyo, en el caso de mi hermana le seguiría saliendo 0 euros en su declaración (mi hermana trabaja a media jornada y no la retienen nada), sin embargo a mi si me devolverían unos 472 euros aproximadamente (el 100%).Si pongo 2 como descendientes en ese apartado, me devolverían un 50% de esta deducción, el otro 50% se perdería por no poder aprovecharlo mi hermana. No queda muy claro, ¿podría incluirla yo solo sin que mi hermana la incluya en su declaración? Gracias.
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Es decir, que si en la junta de actas se estipuló aplicar el tipo de interés legal u otro tipo de interés por demora acordada si sería aplicable, disculpa si me repito tanto.Gracias por la ayuda.
Poco a poco nos va quedando más claro, estamos exponiendo todas las dudas al respecto sobre este tema con el abogado.Una cosa más, si se hubiese pactado un tipo de interés de demora por Junta, aunque no se les hubiese comunicado de manera fehaciente la obligación al pago de la deuda vía judicial, ¿procede en este caso incluir los intereses? Es decir, que si en Junta se estipuló dicho interés de mora y conste en el libro de actas, se sobreentiende que debería darse por enterado y por tanto si procedería el cobro de los intereses sin haberles comunicado ni haber presentado una demanda.Muchas gracias por las aclaraciones.