Yo creo que tampoco, ya que tu sólo estarías obligado si se tratará de un pago en especie, el cual debería de ser como parte del pago de la actividad que realizas para un tercero. Por lo que en tu caso no puede ser considerado como pago en especie.
De manera que seria una donación, y esta en relación al IRPF sólo afecta a tu tía en relación a la valoración patrimonial que te ha comentado leopol72.
¡Saludos!
En primer lugar debes de saber que el plazo para presentar el modelo 347 finalizó el 28 de febrero para este año. Cuya falta de presentación conlleva a una sanción pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos, con un máximo de 20.000euros.
En cuanto a cuando se debe de presentar, el modelo 347 obliga a todo contribuyente cuyas operaciones con terceros sean superiores a 3.005,06euros. Englobando tantos las ventas de bienes como de servicios.
¡Saludos!
Los requisitos que establece Hacienda para que te puedas deducir los gastos es que estos estén vinculados a la actividad económica que desarrolles y que los mismos estén justificados con facturas. Por lo que, si como dices las facturas van a tu nombre, y los gastos están debidamente registrados en el libro de gastos e inversiones de la empresa, no tendrías porque tener problemas.
Según el código catalán el acto de reclamación de "legitima" es de 10 años desde la muerta del causante, sin perjuicio de los 30 años que se establecen en lo común. Por lo que efectivamente habrá que ir caso por caso.
Más bien se debería de hablar en términos de productividad, y analizar si este cambio puede suponer beneficios a la productividad, ahorro de energía,vida social en general...
Además, en el resto de países europeos, es normal que en invierno se haga de noche a las 4, o incluso antes. Lo que a su vez lleva a que a las 7 estén en sus casas.
En definitiva, creo que aquí juegan muchos factores, pero también que tiene una repercusión más relevante de lo que muchos nos planteamos. Por lo que no se debería de tomar una decisión tan fácilmente.
Eso ya es cosa del convenio que se haya firmado en Barcelona. Por lo que solo falta esperar a la nueva negociación para mejorar dichas condiciones.
Saludos!
Hola!
¿Tu actividad consiste simplemente en hacerte cargo de los gastos o también te encargas tu de la publicidad de la empresa, y demás actividades que enuncias? Es decir, simplemente corres con los gastos o ¿también realizas alguna actividad?
Saludos!
Interesante iniciativa, ya que mucha gente ahora se dedica a la elaboración de productos artesanos, y cada vez son más los puestos de productos artesanos que vemos en las ferias medievales,playas etc.
Hola!
Efectivamente, en casos de baja voluntaria, la cantidad que debe de figurar en tu nomina es la relacionada con los días efectivamente trabajados en el último. Si por ejemplo trabajaste en el mes de Febrero 20 días laborales, la cantidad que debería de figurar en tu nómina seria la resultante de multiplicar por 20 el salario diario.
Junto a esto ya tienes que tener en cuenta las partidas y aspectos que Cachilipox te ha comentado.
¡Saludos!
Saludos!
Curioso que se plantee ahora setenta y pico años después. Me gustaría saber que hay detrás de esta iniciativa.
Lo que no quita que tendría que haberse planteado antes, o al menos que entrara en propuesta antes, porque efectivamente, no le acabo de ver del todo el sentido de estar en una franja horaria que no nos corresponde.