si no tengo mal entendido, el plazo para expedir las facturas es en el mismo momento del ejercicio de la actividad. Sin embargo, cuando el cliente es un empresario o profesional se podrá expedir dentro del plazo de un mes desde el ejercicio, no?
Entonces, a que se refiere la fecha límite del 16 del mes siguiente al periodo de liquidación IVA, a las facturas sustitutivas, en general o a que?
Alguien tiene conocimientos y me puede ayudar?
El pasado miércoles 20 de mayo, se convocó la ayuda de 200 millones para proyecto I+D del sector TIC. Esta ayuda se destinará a dos subgrupos distintos, con el objeto de optimizar el impacto de los recursos públicos mediante la segmentación del espectro de proyectos:
-El impulso tecnológico para incentivar proyectos nacionales o internacionales, con presupuesto mínimo de 200.000 a 2 millones de euros, basados en tecnologías con bajo nivel de madurez y alto potencial de transformación del sector TIC. Donde se dispone de 35 millones en subvenciones y 105 en préstamos. Las prioridades de esta rama se centran en la ciberseguridad, salud y bienestar, sectores agroalimentario, logístico y eficiencia energética,
-Grandes proyectos, cuyo presupuesto sea superior a los 2 millones de euros y cuenten con una subcontratación mínima del 25%, y tecnología de alto valor e impacto socioeconómico en el entorno. El mayor ejemplo de estos proyectos sería el Big Data.
Sin embargo, parece que se olvidan de aquellos proyectos de las empresas más pequeñas, quien sin embargo son las que más lo necesitan.
Por lo que tengo entendido un administrador no es la persona capacitada para corregir un asiento sobre los socios vinculante sobre la calificación del concurso, pues esta le pertenece a juez. De manera que entiendo que en este caso el administrador deberá de responder, pues el mismo tienen responsabilidades sobre los actos que realice.
De todos modos, espero que algún usuario más nos este leyendo y nos corrija en caso de que no ande en lo correcto.
Saludos.
Hola!
De acuerdo a la ley concursal, los administradores concursales tienen una serie de postestades. en temas de administración posee las siguientes:
1.º Realizar los actos de disposición que considere indispensables para garantizar la viabilidad de la empresa o las necesidades de tesorería que exija la continuidad del concurso.
2.º Asistir a los órganos colegiados de la persona jurídica concursada.
3.º Realizar los actos de disposición que no sean necesarios para la continuidad de la actividad cuando se presenten ofertas que coincidan sustancialmente con el valor que se les haya dado en el inventario.
4.º Solicitar al juez del concurso la revocación del nombramiento del auditor de cuentas y el nombramiento de otro para la verificación de las cuentas anuales.
5.º Asumir, previa atribución judicial, el ejercicio de los derechos políticos que correspondan al deudor en otras entidades.
6.º Reclamar el desembolso de las aportaciones sociales que hubiesen sido diferidas.
7.º Rehabilitar los contratos de préstamo y demás de crédito a favor cuyo vencimiento anticipado por impago de cuotas de amortización o de intereses devengados se haya producido dentro de los tres meses precedentes a la declaración de concurso, siempre que concurran las condiciones del artículo 68.
8.º Rehabilitar los contratos de adquisición de bienes muebles o inmuebles con contraprestación o precio aplazado cuya resolución se haya producido dentro de los tres meses precedentes a la declaración de concurso, conforme a lo dispuesto por el artículo 69.
9.º Solicitar autorización para que el administrador inhabilitado pueda continuar al frente de la empresa.
10.º Convocar a la junta o asamblea de socios para el nombramiento de quienes hayan de cubrir las vacantes de los inhabilitados.
11.º Conceder al deudor la conformidad para interponer demandas o recursos, allanarse, transigir o desistir cuando la materia litigiosa pueda afectar a su patrimonio, salvo en acciones de índole no personal.
12.º En el concurso necesario, sustituir las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40.2 y, en particular:
i) Adoptar las medidas necesarias para la continuación de la actividad profesional o empresarial.
ii) Formular y someter a auditoría las cuentas anuales.
iii) Solicitar al juez la resolución de contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento si lo estimaran conveniente al interés del concurso.
iv) Presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
13.º En el concurso voluntario, intervenir las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40.1 y, en particular:
i) Supervisar la formulación de cuentas.
ii) Determinar los actos u operaciones propios del giro o tráfico que por ser necesarios para la continuidad de la actividad quedan autorizados con carácter general.
iii) Autorizar o confirmar los actos de administración y disposición del órgano de administración.
iv) Conceder al deudor la autorización para desistir, allanarse total o parcialmente, y transigir litigios cuando la materia litigiosa pueda afectar a su patrimonio.
v) Autorizar la interposición de demandas.
vi) Presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
¡Saludos!
Hola, buenos días,
Soy cliente de Ono desde hace 8 años pero viendo las tarifas que hay en otras compañías estoy dispuesto a cambiarme y me gustaría hacerlo de la forma más rápida posible. La verdad es que me dan muchísima pereza las largas esperas al teléfono pasándote de un departamento a otro. ¿Alguien sabe si al contratar a otra compañía ésta se encarga de hacer estos trámites por ti? Es decir, ¿se encarga la nueva compañía a la que me traspaso de darme de baja o lo tengo que hacer yo personalmente?
Muchas gracias de antemano!
Creo que en esta página se te explicará mejor cuando se puede tributar por estimación objetiva y cuando no.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Empresas_y_profesionales/Empresarios_individuales_y_profesionales/Rendimientos_de_actividades_economicas_en_el_IRPF/Regimenes_para_determinar_el_rendimiento_de_las_actividades_economicas/Estimacion_Objetiva.shtml
Hola,
Salvo mejor interpretación, entiendo que la venta de productos forestales quedaría recogida en la division 9 de los epigrafes de la IAE, " servicios agrícolas, ganaderos, forestales y pequeros". Concretamente al grupo 912, servicios forestales.
¡Saludos!
Mi experiencia dice que aunque sea cierto todo lo que cuentas en tu hilo, pues las colas, el peso de las maletas y que en muchos vuelos las azafatas son realmente insistentes, he volado con Rynair y he estado segura. Por lo que no dejaria de recomendarse lo a la gente.
Saludos!
Los gastos vinculados a una vivienda son los que derivan de la adquisición de una vivienda o por los gastos necesarios para la obtención de rendimientos inmobiliarios.
De todos modos, cada comunidad tienen sus propias deducciones autonómicas relacionadas a la vivienda habitual. Échale un vistazo a un post que hay publicado en el blog del IRPF de esta página, sobre "deducciones autonómicas del 2014".
¡Saludos!